| 24 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El ministro de Economía, Luis de Guindos.
El ministro de Economía, Luis de Guindos.

Guindos ataja las dudas: la banca abonará las cláusulas suelo

Gobierno y PSOE buscan un nuevo acuerdo para facilitar la aplicación de la sentencia europea y que los hipotecados reciban el dinero cobrado inapropiadamente.

| ESdiario Economía

El ministro de Economía, Luis de Guindos, reitera que el sistema bancario español es "solvente" y puede hacer frente a las consecuencias de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) sobre cláusulas suelo, por la que se obliga a los bancos a devolver a los clientes el importe extra cobrado por estas cláusulas desde que comenzaron a aplicarse.

En declaraciones a los medios previa a la toma de posesión de varios cargos de su departamento, Guindos ha señalado que "hay que acatar" la sentencia por respeto al ordenamiento jurídico, a pesar de que tendrá "unas consecuencias que hay que aceptar".

Además, el ministro de Economía ha señalado que, de haber estado en vigor la modificación del Gobierno de las normas hipotecarias a principio de 2013, "no se habría producido ese problema". "Lo que se estableció ahí era que las cláusulas suelo tenían que ser ratificadas de puño y letra por parte de los deudores hipotecarios, con lo que era evidente que se conocía el contenido de las mismas".

Por otra parte, Guindos ha asegurado que el Gobierno vigilará que la Administración de Justicia tenga "los medios necesarios" para hacer frente a la sentencia, y se ha mostrado convencido de que así lo hará.

Distinta aplicación según los casos

La sentencia conocida este miércoles -que dictamina que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por las denominadas claúsulas suelo en sus contratos hipotecarios- se aplicará de forma diferente dependiendo de factores como el hecho de que el préstamo haya o no vencido o de si el caso se encuentra ya judicializado.

Según expertos juristas, existen supuestos diferentes como los derivados del hecho de que que los contratos hipotecarios estén o no ya vencidos.

En el primero de los casos habría que analizar si cabe o no la declaración de nulidad con efectos retroactivos, en cuyo caso los afectados -de no ser satisfechos directamente por el banco al que reclamen- irán al juez y previsiblemente serán indemnizados en la cantidad que pagaron de más durante todos los años que estuvieron pagando el préstamo.

En el caso de las hipotecas aún pendientes habrá que distinguir entre los casos que ya han sido llevados a los tribunales y los que aún no. Los ciudadanos que ya han obtenido una resolución firme ya no tienen nada que hacer, según las mimas fuentes, mientras que en el caso de los segundos si podrá aplicarse la doctrina sentada por el TJUE.

Finalmente, en relación con aquellos ciudadanos que no han iniciado aún ninguna demanda sobre este asunto, a las fuentes jurídicas consultadas les consta la existencia de contactos entre el PP y el PSOE dirigido a buscar un cauce de resolución extrajudicial, como podría ser el arbitraje de consumo.