| 20 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El PP sigue confiando a pies juntillas en Pedro Antonio Sánchez.
El PP sigue confiando a pies juntillas en Pedro Antonio Sánchez.
Exclusiva

Un informe crucial en manos del TSJ de Murcia exculpa a Pedro Antonio Sánchez

Es obra de un catedrático de Derecho Administrativo y en él desmonta punto por punto las acusaciones contra el presidente murciano, que siempre ha defendido su inocencia. Y el PP le cree.

| Juan de Dios Colmenero Opinión

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha recibido un informe extenso que aporta abundante documentación, detalles y jurisprudencia sobre la imputación del presidente murciano, Pedro Antonio Sánchez, en el caso Auditorio. Y que arroja una conclusión: no hay nada contra él.

El catedrático de Derecho Administrativo Ramón Entrena Cuesta, que fue letrado de las Cortes Generales, desmonta una a una todas las acusaciones. Señala que no existe en la actuación de Pedro Antonio Sánchez “dolo alguno que permita imputarle responsabilidad penal”.

"No se ha pagado un euro de más", asegura el catedrático Entrena Cuesta

Sostiene también que ni las pruebas aportadas por las acusaciones, ni los informes periciales establecen -más bien lo contrario- la “existencia de indicio alguno de un delito de prevaricación”. Sobre la malversación, Entrena Cuesta es contundente: “No se ha pagado un euro de más”, por lo que no hay malversación, y tampoco existe documento alguno falsificado.

Para concluir todo ello aporta abundantes detalles y jurisprudencia que aclaran la legalidad de todo el proceso de adjudicación y construcción del Auditorio de Puerto Lumbreras, puesto en duda por la acusación.

Sobre la adjudicación del proyecto del Teatro-Auditorio, el catedrático Ramón Entrena afirma que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Murcia, de mayo de 2012, “deja definitivamente zanjadas prácticamente la casi totalidad de las cuestiones jurídicas y administrativas que plantea la querella de la Fiscalía”.

Además, respalda que el proyecto ganador era muy diferente al proyecto básico redactado para obtener la subvención de seis millones. Y para ello también cita jurisprudencia del Tribunal Supremo que indica que el proyecto no tenía que ser visado por el Colegio de Arquitectos, al tratarse de trabajo para la administración pública, y que se cumplió la legislación de publicidad de los concursos vigente en el momento de la adjudicación.

Errores importantes de cifras y fechas de la Fiscalía y acusaciones

El dictamen critica la querella de la Fiscalía cuando dice que las obras del proyecto básico y de ejecución no se realizaron conforme a las pretensiones del proyecto, se olvida la posterior aprobación de un "modificado" conforme a Derecho.

“Se observa que la querella de la Fiscalía no tiene rigor en tanto en cuanto lo decisivo y elemental es que las obras a realizar sí se hicieron, es decir, las obras del modificado, que es el documento que sirve de referencia para ello, siendo además lo legal”. “De hecho -añade el informe- en el cuadro que sirve al fiscal para realizar su reproche de obras no ejecutadas aparezcan 21 capítulos cuando el modificado solo tiene 18”.

En cuanto al certificado de la obra, Ramón Entrena apunta que la acusación no ha tenido en cuenta a la hora de valorar las obras finalmente ejecutadas la existencia de un modificado. “Estamos ante un típico caso en que el presupuesto inicial se quedó corto, con lo cual, en vez de aumentar el precio del contrato, se optó por rebajar obra, manteniendo el precio del contrato”, puntualiza.

Sobre la recepción de la obra, el informe del catedrático especifica que la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas distingue perfectamente entre acta de recepción, medición general, certificación final de obras y liquidación del contrato.

El acta de recepción en el que tanto énfasis ponen las acusaciones fue redactada para llevar a cabo la ocupación parcial de las obras correspondientes a los pabellones de danza y música, y de exposiciones y congresos. Se documenta con un acta de recepción de una ocupación efectiva de obras de interés público, concluyendo que “no se ha recibido la obra de forma definitiva, ni se ha emitido el certificado final de obra, ni se ha probado la liquidación del contrato”.

Este informe ha sido aportado a la causa y ya está en poder de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, quienes al día de hoy mantienen la imputación del presidente regional.

Con este informe, otro dictamen nuevo pericial aportado por la defensa y aquellos otros informes que deseen entregar las acusaciones se espera que el Tribunal tome en pocos días la decisión sobre la causa que se sigue contra Pedro Antonio Sánchez.