| 19 de Mayo de 2024 Director Benjamín López

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse
Unautonomolimpiandouncoche.
Unautonomolimpiandouncoche.

¿Se puede conciliar siendo autónomo?

Siempre se ha hablado de la dificultad entre la conciliación laboral y la vida de autónomo. Parece que es posible a unir ambas realidades sin morir en el intento. Una mutua nos da las claves

| IsraelGarcía-Juez Empresa
 

 Lograr un equilibrio entre la vida profesional y familiar es una tarea compleja. Más aún si se trata de un trabajador por cuenta propia o autónomo. Sin embargo, a pesar de tener una dificultad contundente no es misión imposible. 

Previsión Mallorquina ha facilitado a Esdiario una serie de consejos para lograr una mayor tranquilidad a la hora de conciliar la vida profesional y familiar si eres trabajador por cuenta propia.

 1. Bonifica tu cuota 

 Para armonizar esta desafiante situación, los autónomos familiares en España tienen derecho a la conciliación familiar y laboral. Esto les facilita la adaptación de un horario para cuidar de sus familiares.

Esta bonificación, para trabajadores autónomos que permanezcan de alta en el RETA y contraten a un trabajador a tiempo completo o parcial, se concederá (previamente justificada) por tener a cargo el cuidado de hijos menores de 12 años o a un familiar, por consanguineidad hasta el segundo grado en situación de dependencia.

Si la razón es por tener a su cargo a un familiar por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con discapacidad deberá de estar debidamente acreditado, siempre y cuando dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

2. Tributa con tu cónyuge y aprovecha los beneficios fiscales

Ser autónomo familiar puede ser una buena opción para hacer balance entre vida profesional y vida familiar. Los autónomos familiares tienen la posibilidad de tributar de manera conjunta con su cónyuge e hijos para aprovechar algunos beneficios fiscales.

En el caso de las parejas de hecho sin vínculo matrimonial, también se puede hacer conjuntamente, pero de ser así sólo uno de los miembros podrá formar una unidad familiar con sus hijos menores o mayores que estén incapacitados judicialmente, mientras que el otro miembro de la pareja deberá declarar de manera individual. 

3. Comprueba cuál es tu cuota reducida

La orden de bases de cotización para el nuevo año ha incluido distintas novedades que afectan a los autónomos. Los trabajadores por cuenta propia que hayan comunicado sus ingresos reales y prevean tener unos beneficios por debajo de 1.166 euros al mes, pueden acceder a tres tramos distintos, de acuerdo a los rendimientos que prevean obtener:

  • Menos de 670 euros al mes. Éstos podrán acceder a una base mínima de 735,2 euros al mes y una cuota reducida de 230 euros al mes.
  • Entre 670 y 900 euros al mes. Podrán acceder a una base mínima de 816,9 euros al mes y una cuota de 254,8 euros al mes.
  • Entre 900 y 1166 euros al mes. En este umbral, los autónomos podrán pagar una base mínima de 872,5 euros y una cuota de 272,2 euros mensuales. 

4. Teletrabaja para conciliar tu vida profesional y laboral

Siempre y cuando tu actividad laboral lo permita, el teletrabajo es una forma muy válida para conciliar la vida laboral y familiar. Gracias a este formato de trabajo, podrás hacerte cargo de tus hijos o personas dependientes, compaginando así el cuidado de la familia y la actividad laboral.

5. Infórmate de las ayudas que ofrece tu Comunidad Autónoma 

Además de las ayudas estatales, las comunidades autonómicas ponen a disposición distintas líneas de ayudas enfocadas, entre otras, en la conciliación familiar, la contratación de empleados o la sostenibilidad.

6. Solicita tu prestación por maternidad

En España, al igual que las trabajadoras por cuenta ajena, las madres autónomas cuentan con el derecho de solicitar la prestación por maternidad. A partir del nacimiento del bebé, la prestación cubierta por la Seguridad Social tiene una duración máxima de 16 semanas.

Más concretamente, las primeras seis semanas son obligatorias y sin interrupción, permitiéndose un adelanto de hasta 4 semanas antes del parto. Las otras diez semanas son de carácter voluntario y, si se desea, se pueden disfrutar de manera interrumpida.

7. Ahorra hasta 1.000 euros al año

Para que las trabajadoras por cuenta propia tengan la posibilidad de deducir hasta 1.000 euros al año en la declaración de la renta, las madres autónomas pueden solicitar el “Cheque Guardería”. Se trata de una bonificación que les permite ahorrar hasta 1.000 euros anuales. Para poder obtener esta prestación, los hijos tendrán que ser menores de tres años. 

8. Tarifa plana de hasta 24 meses 

Al volver a trabajar como autónoma dentro de los dos años posteriores al permiso de maternidad, la madre puede disfrutar de la tarifa plana durante un plazo extendido de 24 meses, en lugar de los 12 meses que se permitían hasta el año 2022. Es importante que sepas que para disfrutar de esta prestación no puedes haber disfrutado de esta tarifa plana en los dos años anteriores.