| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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La diputada de Vox, Macarena Olona, en una de sus intervenciones en el Congreso.
La diputada de Vox, Macarena Olona, en una de sus intervenciones en el Congreso.

El Supremo tumba la querella del PSOE contra Olona y le da de su propia medicina

Los socialistas llevaron a los tribunales la crítica política y parlamentaria de la diputada sobre la gestión de Sánchez e Iglesias en las residencias. Pero han salido escaldados.

| ESdiario España

Vox se anota una victoria sobre el PSOE. El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella que interpuso el PSOE contra la diputada de Vox Macarena Olona por acusar al Gobierno de haber practicado la eutanasia a los mayores que han muerto en las residencias durante la pandemia.

La Sala de lo Penal no aprecia indicios de delito de injurias, calumnias y coacciones graves contra el Gobierno y las Instituciones del Estado, tal y como expone el PSOE en su querella presentada a finales del pasado mes de abril, por relacionar en un programa de televisión el fallecimiento de ancianos durante la pandemia con los proyectos del Ejecutivo sobre la eutanasia.

En un auto, del que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, explica que, al igual que pone de manifiesto el fiscal en su informe -que coincide con el criterio de la Fiscalía en relación a las denuncias y querellas presentadas contra el Gobierno por la gestión de la pandemia del coronavirus-, es "comprensible la queja de la parte querellante, pero no cabe subsumir en la norma penal el exceso verbal con fines políticos realizado en medio de una entrevista en relación con la gestión de la pandemia".

La Sala añade que "sería deseable que las expresiones y los tonos en el debate público fueran más correctos, pero el exceso no es suficiente para cubrir las exigencias del Derecho penal".

El Supremo explica que las declaraciones de la diputada de Vox deben valorarse como una crítica política a una concreta gestión, más que el "dolo de calumniar" que puede suponer el literal de las palabras.

Aún así, la Sala advierte de que "que ello no quiere decir que todo valga en este marco de situaciones por activa y pasiva", pues la condición pública de una persona no supone un "cheque en blanco o una tarjeta abierta para que se puede decir lo que se quiera de los demás, o se esté obligado a recibir todo tipo de manifestaciones o expresiones de terceros" por el hecho de ostentar un cargo público