| 16 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El ex director general de la CAM, Roberto López Abad, en una de las sesiones del juicio en Alicante / FOTO: EFE/Manuel Lorenzo/Archivo
El ex director general de la CAM, Roberto López Abad, en una de las sesiones del juicio en Alicante / FOTO: EFE/Manuel Lorenzo/Archivo

Dos años de cárcel para la ex cúpula de la CAM por los ‘negocios’ del Caribe

Roberto López Abad y Daniel Gil han sido condenados a dos años de cárcel y cinco de inhabilitación, pero no entrarán en prisión si el juez estima que no representan un peligro público

| A. Maestre Edición Alicante

La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y al ex director general de empresas, Daniel Gil, a 2 años de prisión y 5 de inhabilitación por un delito de administración desleal al frente de la entidad bancaria, por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.

La sentencia les atribuye este delito en el marco de los negocios que ambos hicieron con dos empresarios hoteleros de Benidorm en el Caribe, donde la CAM participaba en un 30% y los empresarios en el otro 70%. La sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como "inductores" de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.

Gestión negligente

La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que "con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros".

Los magistrados consideran que ha quedado "plenamente acreditado" que la CAM sufrió un "gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados", que llevaron a cabo una gestión "negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado".

Hoteles en la Riviera Maya

Al respecto, sostiene que estas operaciones "han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España", que achacan a la negligencia de la ex cúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para "paliar" la situación.

La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta "ningún informe relativo a la propuesta de inversión" que debía haber realizado el holding inmobiliario de la CAM, TIP.