| 16 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Jaroslaw Kaczynski
Jaroslaw Kaczynski

Polonia a la deriva

Polonia ha aprobado 13 leyes que virtualmente destruyen la separación de poderes. Ahora, el presidente podrá casi sin cortapisas nombrar y destituir a los jueces que no le sean afectos.

La salvaguarda del Estado de Derecho ha sido una preocupación fundamental de la Unión desde su fundación y se encuentra reflejado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Un Estado de Derecho entendido como aquel en el que los poderes públicos actúan conforme a los límites y en los términos marcados por la ley, con respeto de los derechos fundamentales de sus ciudadanos, y con un poder judicial independiente e imparcial ante el que responda.

 

Tras la caida del Telón de Acero y la masiva incorporación y aceptación del Estado de Derecho por parte de los países del Este, parecía que los fantasmas de la Guerra Fría habían sido conjurados y la democracia reinaba sin peligros en el continente Europeo. Lamentablemente, siempre hay lugar para la involución, como la reciente ola de populismo que recorre Europa se encarga de recordarnos cada día.

 

Polonia en los últimos años ha pasado de ser un país europeista y modelo de la lucha por las libertades en el antiguo bloque comunista, a un país en que se comienza a reproducir lo peor del periodo soviético. Desde su regreso al poder en 2015, el actual gobierno polaco de Ley y Justicia, controlado desde un discreto segundo plano por Jaroslaw Kaczynski, ha aprobado 13 leyes que virtualmente destruyen la separación de poderes y que afecta a toda la estructura judicial. Ahora, el presidente podrá casi sin cortapisas nombrar y destituir a los jueces que no le sean afectos. La deriva autoritaria en Polonia ha degenerado hasta tal punto que la Unión Europea se ha visto obligada a comenzar la aplicación del artículo 7 del TUE, no sin antes realizar repetidas amonestaciones y advertencias al gobierno polaco.

 

Siendo la UE consciente de que los instrumentos con que hasta hace poco contaba para lidiar con un estado díscolo eran insuficientes, y recurrir directamente al artículo 7 TUE es tremendamente complicado, dado que requiere la existencia de un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2, aprobó el 11 de marzo de 2014 un nuevo marco de la UE para reforzar el Estado de Derecho (COM/2014/0158 final), que en esencia funciona en tres fases:

 

- Evaluación de la Comisión. La Comisión, a la luz de la información que recaba, evalúa la existencia de un riesgo sistémico para el Estado de Derecho e inicia un diálogo con el Estado afectado a través del envío de una "Opinión sobre el Estado de Derecho", que no es pública, y a la que puede contestar con los argumentos que considere oportunos.

 

- Recomendación de la Comisión. Si la amonestación inicial no recibe una respuesta satisfactoria, la Comisión emite una "Recomendación sobre el Estado de Derecho", en que identifica los problemas que observa y da un plazo para su resolución y de información a la Comisión de los pasos dados para resolverlos. Tres Recomendaciones han sido emitidas desde la primera, el 27 de julio de 2016, además de intercambiarse 25 cartas sobre esta materia con el gobierno polaco. Todo infructuosamente.

 

- Seguimiento de la Recomendación de la Comisión. Si la Comisión observa que el Estado hace caso omiso a las Recomendaciones en el plazo que se le ha dado, puede decidir razonadamente si recurre o no a la aplicación del artículo 7 TUE, que es el punto donde nos encontramos, aunque de modo condicional y con opción a dejar sin efecto la invocación del mismo.

 

Frans Timmermans, Vicepresidente Primero de la Comisión Europea, señala que, "si las autoridades polacas implementan las acciones recomendadas en los próximos tres meses, la Comisión está dispuesta a, tras consultar con el Parlamento Europeo y el Consejo, reconsiderar su Propuesta Razonada" de aplicación del artículo 7.

 

Esos tres meses posiblemente tengan más que ver con intentar evitar llegar al principal escollo del artículo 7 en la actualidad, la exigencia de unanimidad del Consejo para constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de los valores contemplados en el artículo 2. Hungría, que sufre una similar deriva populista, ya se ha posicionado del lado polaco, lo que hace complicado que ésta se produzca.

 

Se avecina un panorama negro en un ambiente ya enrarecido. ¿Aguantará la Unión Europea?