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Oriol Junqueras en julio.
Oriol Junqueras en julio.

El Gobierno puenteará al Supremo y hasta al Rey para "indultar" a los golpistas

El Alto Tribunal dirá "no" a la medida de gracia con la que coquetea el Ejecutivo de Sánchez como gesto a sus socios de ERC en los Presupuestos, en precampaña electoral en Cataluña.

| María Jamardo Tribunales

 

El Gobierno no quiere complicaciones con el indulto a los líderes del 'procés' ni incomodar a sus socios presupuestarios de Esquerra Republicana a dos meses vista de las elecciones autonómicas catalanas del próximo 14-F.

Se trata de evitar contratiempos en la concesión de la medida de gracia con la que Pedro Sánchez coquetea para premiar a los independentistas catalanes su apoyo en la inminente aprobación de las cuentas públicas. Y, para ello, se agilizan los trámites de la reforma del Código Penal para rebajar las penas asociadas al delito de sedición sin eliminarlo, como piden los miembros de Podemos en el Consejo de Ministros. Un escenario que beneficiará, retroactivamente, a los condenados del 1-O y para el que no sería necesario solicitar un informe al Supremo.

No en vano fuentes próximas al Alto Tribunal sentenciador han confirmado a ESdiario que ante una eventual y obligatoria consulta del Gobierno previa a la concesión del indulto, los magistrados de la Sala Segunda de lo Penal, con Manuel Marchena al frente, dirían "no" a dicha posibilidad.

Ante el riesgo de una negativa del Supremo y al existir la posibilidad de que "se presente un recurso" contra la decisión ministerial -entre otros, por parte de Vox que al haber sido acusación particular en la causa contra los organizadores del referéndum ilegal, goza de legitimidad especial- Sánchez ha preferido acelerar el plan alternativo que "por la vía de lectura única permitiría tener la modificación legal lista antes de que los catalanes acudan a votar", confirma Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional.

Los presos del procés.

 

"El indulto necesita informe favorable y la decisión de concederlo en contra del criterio de quienes condenaron a los políticos catalanes en prisión por sedición y malversación, podría justificar un recurso que alargaría su aplicación", añade Berzosa.

Además, el indulto "no puede ser arbitrario, sólo puede concederse cuando la sentencia adquiere firmeza y respecto de los penados que no estén huidos de la Justicia y necesita de un informe previo del tribunal sentenciador , del director del centro penitenciario y del Ministerio Fiscal", destaca el profesor. A lo que suma un requisito "tácito" más "que no cause perjuicio a terceras personas o a sus derechos", algo que parece poco factible cuando los condenados han atacado a la sociedad española en su conjunto.

El Rey, al margen

La reforma exprés del Código Penal para aligerar las penas impuestas a los líderes del 'procés' en base a la ley actual, permitirá al Gobierno liberar al Rey Felipe VI del trance de tener que indultar a quienes atentaron contra el Estado de Derecho del que es Jefe. No en vano la concesión de la medida de gracia corresponde al monarca que tendría que firmarla en último término.

Al margen de quién haya solicitado indultar a los 12 líderes separatistas catalanes "nunca antes se había dado tramitación a un instrumento excepcional a quienes persisten en la misma voluntad y actitud que les llevó a cometer el delito por el que están condenados", alerta el ex magistrado del Supremo Antonio Salas Carceller a ESDiario.

"No existe ninguna norma en nuestro ordenamiento, y menos en la Constitución, que conceda al Gobierno la faculta de indultar. Una opción anacrónica que únicamente se explica como acto de soberanía que corresponde al Jefe del Estado que es quien ejerce el derecho de gracia", añade Salas Carceller. Es decir, legalmente, aunque resulte impensable "el Rey podría no firmar un indulto propuesto por el Gobierno" y, en cualquier caso, "lo lógico por equilibrio entre poderes, sería que el Rey sólo estuviese obligado a aplicar la medida cuando lo proponga el Ejecutivo y esté de acuerdo el Judicial", concluye el ex magistrado. Algo que todo apunta a que no sucederá.

El precedente Forcadell

El pasado mes de julio el Supremo ya se posicionó en contra de conceder a la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, el régimen de semilibertad. El Alto Tribunal consideró "injustificable" esa libertad "de facto" con que la Generalitat de Torra permitió a Forcadell abandonar la cárcel antes de haber cumplido ni una cuarta parte de su condena a 11 años y medio de prisión.

El auto de la Sala, del que fue ponente el juez Marchena, zanjó así la controversia sobre su competencia para resolver los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria que implicasen la aplicación del régimen previsto en el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario.

Carme Forcadell junto a Quim Torra y Dolors Bassa.

 

El auto señaló que según los fines constitucionales que inspiran la ejecución de las penas privativas de libertad su sentencia no tenía que ser "permanentemente reinterpretada". Un argumento que se posiciona contra la posibilidad de revisarla por el atajo del indulto. Sobre todo, ante "la gravedad de los hechos sentenciados y su efecto demoledor para la convivencia democrática".

Ya entonces el Supremo puso de manifiesto "una idea clave de la que no puede prescindirse" y que ahora anularía el relato de la facción podemita del Gobierno según el cual no sería democrático abordar unas elecciones autonómicas en Cataluña con varios de sus líderes independentistas en prisión y es que ni Forcadell, ni el resto de los separatistas catalanes, fueron condenados "por perseguir la independencia de Cataluña". Fueron declarados autores "de un delito de sedición", recordó.

Por último, la Sala insistió en "una obviedad" que parece olvidar el Gobierno de la que, sin embargo, se está prescindiendo": que los hechos objeto de la condena fueron declarados probados en una sentencia que una vez "firme" ya no pueden "ser objeto de reinterpretación ni por el penado ni por terceros" ni ser usados "en fraude de ley y para mostrar un desacuerdo más o menos encubierto con la condena impuesta".

El Pleno respaldo del Constitucional

El Tribunal Constitucional avaló días después a sus colegas del Supremo en un contundente auto ponencia del magistrado Antonio Narváez. El Tribunal de Garantías también consideró "la gravedad y naturaleza de los hechos enjuiciados y el bien jurídico protegido, su trascendencia social, la duración de la pena impuesta y el tiempo que reste de cumplimiento de la misma, el riesgo de eludir la acción de la Justicia y la posible desprotección de las víctimas" para decir no a la petición de libertad de la ex presidenta de la Mesa del Parlament.

La Fiscalía, depende

Por su parte, ESdiario ha podido saber que los fiscales encargados de la causa en el Alto Tribunal -Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadenas y Jaime Moreno- mantendrán con firmeza su posición durante los más de cuatro meses en los que se prolongó el procedimiento en el Supremo, en contra de condonar la pena a los golpistas para los que pidieron una condena final por rebelión.

Sin embargo, desde el propio Ministerio Público y una vez nombrado nuevo fiscal Jefe de la Fiscalía del Supremo, tras la jubilación de Santiago Navajas, afín a Dolores Delgado, apuntan a la alta probabilidad de que la fiscal general del Estado dé "instrucciones" sobre el dictamen del indulto.