| 19 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Franco y Sánchez, el esperpento llega a su desenlace.
Franco y Sánchez, el esperpento llega a su desenlace.

El "enigma Franco" aterra en La Moncloa: ¿Arma electoral o mazazo a Sánchez?

Llegó la hora sin vuelta atrás. El Tribunal Supremo resuelve este martes el destino de los restos del dictador. Y puede ser munición para el PSOE o el hazmerreir.

| ESdiario España

Ya no hay marcha atrás. Y la promesa-estrella de Pedro Sánchez en la moción de censura puede cumplirse de una vez o amargar la campaña electoral del 10-N.

Una sala de seis magistrados del Tribunal Supremo dictaminará previsiblemente este martes  si la decisión del Gobierno de sacar los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos y su posterior inhumación en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio se ajusta o no a derecho.

El tribunal está citado a las 10.00 horas para votación y fallo, si bien fuentes jurídicas señalan que el segundo de los puntos citados es el que concentra mayor complejidad jurídica, y de hecho su resolución viene dividiendo al tribunal durante las deliberaciones que se han realizado los últimos días.

El escollo tiene que ver la posible vulneración del derecho de los familiares a elegir el lugar en el que deben reposar los restos de Franco, para los que esta parte ofreció la cripta de la Catedral de la Almudena.

Desde el Gobierno se rechazó dicha posibilidad, si bien fuentes jurídicas apuntan la dificultad que entraña justificar que una familia no tenga el control último sobre el lugar en el que deben reposar definitivamente los restos de un familiar.

La negativa de la familia a la exhumación y posterior entierro de los restos en Mingorrubio aparece detalladamente argumentado en la demanda y previsiblemente, salvo que se superen finalmente todas las diferencias de criterio, es muy probable que la resolución que finalmente se adopte no sea unánime.

El tribunal está presidido por Jorge Rodríguez Zapata y lo integran también los magistrados Celsa Pico, José Luis Requero, Pilar Teso, Segundo Sanz y Pablo Lucas. El ponente de la resolución será éste último.

El Supremo paralizó la exhumación acordada por el Gobierno para el pasado 10 de junio y lo justificó en la necesidad de evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -la familia Franco y otros tres colectivos- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, "los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan".

Las alegaciones

Ante la negativa de la familia de renunciar por el momento a enterrar a Franco en la sepultura que poseen a perpetuidad en la cripta de La Almudena, un lugar que el Gobierno considera inadecuado por su situación tan céntrica y su interés turístico, el Ejecutivo aprobó posteriormente, el 15 de marzo, otro acuerdo por el que decidía reinhumar los restos del dictador en el cementerio de El Pardo-Mingorrubio y fijaba para el 10 de junio la fecha de los trabajos de inhumación.

En sus alegaciones sobre el fondo, la familia Franco calificaba de "precipitada" la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez y denunciaba que encajaba en una voluntad "electoralista" sin justificación.

Por su parte, la Abogacía del Estado señalaba que todas las decisiones del Ejecutivo encajan en la legalidad y no vulneran derechos de la familia del dictador, por lo que deben cumplirse en cumplimento de la Ley de Memoria Histórica.