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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria.

Alicante aprueba la concesión para la explotación de graneles en el Puerto

| Redacción Alicante Edición Alicante

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Alicante (APA) ha aprobado esta miércoles el Plan Estratégico para el periodo 2018-2022, que ya fue debatido en el mes de julio. Asimismo, ha acordado otorgar la concesión para la construcción y explotación de la terminal de graneles en el Muelle 17

Así se ha aprobado la concesión administrativa, por concurso público y plazo de 30 años, para construir y explotar la terminal pública de graneles sólidos en el Muelle 17, a favor de Eiffage Infraestructuras, S.A.U.

Según ha remarcado la institución, el proyecto de adjudicación ha estado sometido a información pública durante un mes y no se han presentado alegaciones.

Asimismo, se ha aprobado una modificación no sustancial de la concesión otorgada a Terminales Marítimas del Sureste (TMS), por la que se autoriza un cambio en las inversiones comprometidas a realizar entre 2019 y 2020, por un importe superior a los 9 millones de euros, con la finalidad de mejorar la eficiencia de la terminal.

Por otra parte, también se ha resuelto: Otorgar una concesión administrativa para ocupar y explotar una nave industrial en la parcela P-2 a Alicante Port S.L.; una modificación no sustancial de la concesión administrativa otorgada a la Marina Deportiva del Puerto, ampliando en algo más de 3.000 m2 la superficie de lámina de agua de la que dispone; conceder una segunda prórroga de la autorización de la gestión del servicio de apoyo a las labores de control en las Instalaciones Fronterizas de Control de Mercancías (IFCM) del puerto de Alicante.

Finalmente, el presidente de la APA, Juan Antonio Gisbert, ha informado al Consejo de que TMS solicitó, a principios del mes de agosto, una modificación sustancial de su concesión para poder albergar seis depósitos de carburantes, con una capacidad máxima de 300.000 toneladas.

Conforme a la legislación vigente, esta modificación debe de ser sometida a exposición pública para que puedan presentarse, en su caso, las alegaciones que se consideren pertinentes. Este acto reglado no prejuzga el sentido final que, conforme a la normativa aplicable, pueda adoptarse al respecto.