| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El pozo de la discordia en Tavernes: el TSJ vuelve a desautorizar a la alcaldesa

Mientras un grupo de vecinos prefiere que sus casas sigan recibiendo el suministro del pozo de Virgen de los Desamparados, el Ayuntamiento opta por engancharlos a la red

| Redacción Valencia Edición Valencia

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia en el que reafirma el derecho de varias comunidades de propietarios de hacer uso de un pozo en la zona del Grupo Virgen de los Desamparados, en el municipio de Tavernes Blanques. La alcaldesa decretó el cierre del citado pozo, las comunidades de propietarios recurrieron y pidieron al juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Valencia que suspendiera la ejecución de la orden de "desconectarlos", medida que resolvió y el Consistorio recurrió.

La alcaldesa socialista, Mari-Carmen Marco, inició un procedimiento el pasado mes de marzo para la clausura del pozo. Los vecinos solicitaron la instalación de una planta de autocontrol (ósmosis y cloración automática), pero el Ayuntamiento lo impidió con el cierre del citado pozo. Con el litigio enconado, la primera edil, según explica la concejal de Vox, Laura Carrasco, en un comunicado, "el equipo de gobierno ha enganchado las casas a un contador de Aguas de Valencia en contra de la voluntad de los propios vecinos, sin haber el más mínimo riesgo ni exigencia sanitaria y, presuntamente, tomando una medida arbitraria a sabiendas". El equipo de gobierno, por su parte, ha aducido en repetidas ocasiones que se limita a cumplir las ordenanzas municipales en el sentido de que "no se permiten los pozos siempre y cuando haya una toma de agua potable a 100 metros de las viviendas".

En medio de esta polémica el TSJ ha emitido una sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, en la que ratifica la resolución del Juzgado de lo Contencioso al señalar que "ha cumplido con la legalidad aplicable". También recoge, frente a las afirmaciones del Ayuntamiento que ponían en duda la potabilidad del agua, que "según el último informe emitido por la Conselleria de Sanitat, de
fecha 23 de julio de 2018, el agua es apta para consumo humano tan solo con restricciones para lactantes y mujeres embarazadas por exceso de nitratos, señalando que debe instalarse una planta de osmosis y cloración automática para garantizar la reducción de los nitratos".

El TSJ desestima el recurso del Ayuntamiento contra el auto del Juzgado de lo Contencioso de 2018 y le condena al pago de las costas del proceso. Esta circunstancia le ha valido las críticas de Vox, cuya concejal considera "evidente la inquina y persecución de la alcaldesa socialista contra los vecinos de la zona. Su capricho de querer quitar un pozo, además del quebranto que están sufriendo los vecinos, está suponiendo dilapidar dinero público en procesos judiciales que va perdiendo".

El pozo objeto de la discordia data de 1957 y da servicio a un grupo de viviendas, ubicadas en las calle Pintor Sorolla y Carraixet de Tavernes Blanques, habitadas sobre todo por personas mayores con recursos limitados. El TSJ ratifica la voluntad de estos vecinos de seguir recibiendo suministro de esa instalación y no acogerse al contador de Aguas de Valencia, como decidió el equipo de gobierno.