| 18 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Amparo Peris, vicedecana y presidenta de la Junta Provincial de Valencia recurrió su expulsión y el Juzgado le ha dado la razón
Amparo Peris, vicedecana y presidenta de la Junta Provincial de Valencia recurrió su expulsión y el Juzgado le ha dado la razón

Sentencia contra el Colegio de Criminólogos por vulnerar derechos de colegiados

La institución colegial decidió destituir a su vicedecana y a la Junta de Valencia en un proceso que se ha demostrado, según el auto judicial, "contrario a derecho y nulo"

| Redacción Valencia Edición Valencia

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número diez de Valencia ha fallado contra el Colegio de Criminólogos de la Comunitat Valenciana  (ICOCCV) por "vulneración de los derechos fundamentales de los colegiados miembros de la Junta Provincial de Valencia de dicho colegio y de la presidenta  de dicha Junta y vicedecana del colegio", al suspenderlos de colegiación hace tres años. Además de imponer las costas al Colegio profesional, el tribunal también le obliga a readmitir a las personas afectadas, según recalca en el auto al que ha tenido acceso EsdiarioCV.

Los hechos juzgados  se remontan a agosto de 2017, cuando el Colegio, tal como recoge la sentencia en los fundamentos de derecho, "dispone la suspensión cautelar de colegiación de los interesados, disolución de la Junta Provincial  y nombramiento de la comisión gestora". Esta decisión provocó el recurso judicial de los afectados al considerar que esa suspensión cautelar se había producido "de forma directa y al margen de todo procedimiento legal, que no está siquiera recogido en los estatutos del Colegio".

El Juzgado ha analizado si "esa medida ha vulnerado los derechos fundamentales de los demandantes al procedimiento, defensa, proceso justo, audiencia y presunción de inocencia". En este sentido llega la conclusión de que "en el acuerdo que aquí se impugna la junta (en referencia a la Junta de Gobierno del Colegio de Criminólogos) no acuerda formalmente la apertura de expediente o información previa alguna, ni mucho menos designa instructor, sino que procede de forma directa y contraria incluso a la separación de funciones entre instructor y resolutor a la adopción de una medida cautelar en un expediente inexistente y no incoado en forma".

Sobre esta base, el Juzgado estima el contencioso contra el Ilustre Colegio Oficial de Criminólogos de la Comunitat Valenciana, declara "contrario a derecho y nulo" el acto impugnado por "vulnerar el derecho fundamental de los demandantes a la legalidad del procedimiento sancionador" e impone al Colegio las costas procesales.

El citado Colegio, una vez perdido el contencioso y con la obligación de readmitir en dos meses a los afectados, ya ha remitido escrito a la anterior presidenta de la Junta Provincial para restituirla en ese cargo y en el de vicedecana del citado colegio. No obstante, la restitución no será completa mientras mantenga a la gestora que nombró y no reponga en su cargo al resto de miembros de la Junta Provincial de Valencia.

Después de un largo proceso, el Juzgado ha ratificado los argumentos de Amparo Peris, una de las personas que más ha impulsado el asociacionismo y la potenciación social de la titulación de Criminología en Valencia y la dignificación de su ejercicio. No obstante, por discrepancias internas sus derechos fueron "vulnerados", como recoge la sentencia, en el proceso de suspensión cautelar de su colegiación y la de otros compañeros.