| 25 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Sí a la prisión permanente revisable

No es cierto aquello de que se legisla ‘en caliente’. La PPR se introdujo en el año 2015, cuando los casos que resuenan hoy no estaban encima de la mesa

| Fran Raga * Edición Valencia

Se habla mucho estos días de Prisión Permanente Revisable (PPR). Hay quien cambia de opinión en función del termómetro de la opinión pública, como hay quien defiende la cadena perpetua para los dictadores argentinos pero en España asegura que es una medida medieval. En esto, también se hace política for dummies.

 

Las víctimas no están manipuladas. Ya va siendo hora de bajar del altar de la pulcritud en el que se mueven algunos. Las víctimas tienen su propia opinión, tan válida como la de cualquiera. La Prisión Permanente Revisable es una medida de política criminal que es debatible, como tantas otras cosas. Uno no es más o menos demócrata en función de si la defiende más o menos.

 

Derribemos falsos mitos. Ni la PPR es cadena perpetua, puesto que se revisa cada 25 años, ni vulnera los Derechos Humanos. La PPR es una sanción que se aplica en gran parte del mundo civilizado, especialmente en los países europeos de nuestro entorno. No pasa nada por hablar de este tema, sin aspavientos. Tampoco es cierto aquello de que se legisla ‘en caliente’. La PPR se introdujo en el año 2015, cuando los casos que resuenan hoy no estaban encima de la mesa.

 

El Derecho Penal protege bienes jurídicos a los que como sociedad damos relevancia. La seguridad, la libertad, la propiedad o el honor son algunos ejemplos. Las penas, que en España hemos acordado en la Constitución que deben ir en pro de la reinserción del condenado, también tienen una función preventiva, disuasoria. Y en mi opinión, como sociedad debemos avanzar en este sentido, la reinserción. Tampoco podemos olvidar la siempre necesaria prevención del delito.

 

La PPR lo que viene a hacer, en resumen, es que una persona que no está rehabilitada pueda salir a la calle una vez ha agotado el tiempo de su condena. Dado que este tipo de condena está circunscrita a unos tipos de delito tan aberrantes como escasos, no entiendo el revuelo social creado. En mi opinión, tan respetable como la contraria, es muy razonable que a un parricida, por ejemplo, se le revise la condena cada 25 años. Lo mismo para aquellos violadores que aseguran querer volver a violar al salir de prisión y contra los que no podemos hacer nada una vez han pagado el tiempo de privación de libertad que se les exigió. 

 

Reinserción no puede ser liberar al condenado una vez ha acabado su condena. Reinserción es rehabilitación fehaciente y real, palpable. La PPR no evitará que haya más crímenes, o sí, pero seguramente evitará la sensación de impunidad. Evitará que estos delincuentes puedan reincidir. Evitará que, a base de incentivos, se salden con cortas condenas quienes han cometido actos atroces. Hará justicia.