| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Malos tiempos para la libertad en la red

La aprobación del Real Decreto-Ley 14/2019, ya bautizado popularmente como "Ley Mordaza Digital", deja tocado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva

Corren malos tiempos para la libertad en la red en España. La aprobación del Real Decreto-Ley 14/2019, ya bautizado popularmente como "Ley Mordaza Digital", deja tocado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, al ampliar las facultades del gobierno para intervenir redes y servicios de comunicaciones electrónicas en supuestos excepcionales relacionados con el orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional.

 

No es la primera vez que se legisla en España dotando al Gobierno y la Administración de facultades jurisdiccionales. Sin ir más lejos, todos recordamos todavía la aprobación de la ley Sinde, aprobada por el gobierno de Zapatero en 2011, que permitía a la Administración el cierre de páginas que presuntamente infringieran derechos de autor aunque no hubiera ánimo de lucro, si bien para evitar desmanes, era en última instancia el juez quien decidía si se vulneraba algún derecho fundamental.

 

La nueva Ley de la Propiedad Intelectual, aprobada en febrero de este año con los votos de PP, PSOE y Ciudadanos, heredaba la Ley Sinde y la hacía incluso más restrictiva, reduciendo a anecdótico el papel de la judicatura, puesto que basta ahora con que se cometan presuntas infracciones reiteradas de actividades ilícitas para ordenar el cierre o fin de la colaboración de otros prestadores de servicios, bajo pena además de cuantiosas multas.

 

El nuevo Real Decreto-Ley, aunque establece la potestad de intervenir cualquier infraestructura, recurso asociado o nivel de red con carácter transitorio, lo cierto es que la amplitud de la norma convierte al texto legal en un verdadero cajón desastre donde cabe casi todo, incluyendo la posibilidad del bloqueo de internet en todo el territorio nacional; algo a lo que chinos, turcos y otros regímenes autoritarios ya tienen acostumbrados a sus ciudadanos.

 

Ciertamente la aprobación de esta medida tiene un componente electoralista y un destinatario claro, la República Digital Catalana, como le han echado en cara al Partido Socialista todos los partidos de la oposición, inclusive los que han acabado votando a favor de la misma.

Sin embargo, precisamente por esa finalidad no formulada expresamente, ha recibido el apoyo del Partido Popular. Podemos se ha abstenido, pese a criticar la norma, lo que puede leerse como un apoyo indirecto a su futuro socio de gobierno... si Esquerra Republicana da su brazo a torcer y no aboca al país a nuevas elecciones.

 

En un estado de derecho consolidado como el nuestro, con unos razonables controles y equilibrio de poderes, resulta difícil pensar que se vayan a cometer abusos de estas nuevas prerrogativas, pero la tentación estará ahí. Es opinión del que suscribe estas líneas que la norma debe limitarse a verdaderos estados de alarma o excepción, restringiendo su aplicación y buscando siempre medidas menos gravosas, que no interfieran en los derechos fundamentales de los administrados.

 

El infierno está lleno de buenas intenciones, como cuando se aprobó la nueva Ley de Partidos con las miras puestas en la ilegalización de Herri Batasuna por su apoyo al terrorismo etarra, y que luego ha demostrado unos efectos inesperados. Las leyes deben ser aprobadas sin tener en mente nombres concretos, sino ser abstractas y generales si no se desea que, por falta de reflexión, llegue el momento en que se vuelvan contra sus creadores.

*Abogado y politólogo