| 14 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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La Junta Electoral ha puesto la cara roja a Sánchez.
La Junta Electoral ha puesto la cara roja a Sánchez.

Multan a Sánchez y Celaá por el uso de Moncloa en su propio beneficio

La Junta Electoral da un varapalo al Gobierno por su uso partidista de los medios públicos. Y impone al presidente y a su exportavoz una sanción de 500 y 2.200 euros para vergüenza general.

| ESdiario España

Es una sanción sin precedentes que resume bien la afición de Pedro Sánchez y su gobierno de apropiarse de los medios públicos con una afán partidista. Y que provoca un estupor general.

La Junta Electoral Central ha decidido sancionar con una multa de 500 euros al presidente del Gobierno por utilizar "los medios públicos de que disponía en su condición de presidente del Gobierno en funciones" para hacer campaña electoral  para las elecciones del 10-N.

El órgano considera que Sánchez vulneró el artículo 153.1 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y provocó "el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral". Asimismo, "mermó el principio de igualdad de armas entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones".

El PP denunció a Sánchez por una entrevista en campaña a La Sexta que se emitió en directo desde una sala del edificio de la Presidencia del Palacio de La Moncloa.

Además, la JEC ha acordado imponer una segunda sanción de 2.200 euros a la ministra de Educación, Isabel Celaá, al entender que lanzó mensajes electoralistas en las ruedas de prensa del Consejo de Ministros que ofreció como portavoz en vísperas de aquellos comicios, lo que supone una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral.

El expediente sancionador se abrió a instancias del PP al entender que Celaá había hecho haber hecho electoralismo desde la sala del prensa del Consejo de Ministros al presentar los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA).

En el acuerdo adoptado este jueves, la JEC sentencia que Celaá aprovechó "los medios públicos de que disponía, en su condición de ministra Portavoz en funciones· y quebrantó el "principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral".