| 26 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Corporación municipal de la Font de la Figuera. En el centro, Vicent Muñoz, alcalde del municipio
Corporación municipal de la Font de la Figuera. En el centro, Vicent Muñoz, alcalde del municipio

Abren juicio a un alcalde de Compromís por contratar a dedo

El alcalde del municipio de La Font de la Figuera, Vicente Muñoz, fichó a una periodista para su gabinete de prensa sin expediente alguno y nadie más pudo optar al puesto.

| Beatriz Muñoz Edición Valencia

La magistrada titular del juzgado de primera instancia e instrucción nº3 de Xàtiva, Mª José Rausell, ha dictado un auto en el que propone la apertura de juicio oral contra el alcalde de La Font de La Figuera, Vicente Muñoz (Compromís), por presunta prevaricación administrativa en la contratación de una periodista para el gabinete de prensa municipal.

Se trata del mismo político que consiguió la vara de mando con el voto de una tránsfuga de Ciudadanos, Purificación Lluch, condenada a devolver el sueldo de tres años, que le puso él.

La investigación se inició a raíz de una denuncia de la portavoz municipal del PP, María José Penadés, contra el alcalde y contra la periodista, que llevó a abrir diligencias previas que, ahora, van a continuar por los trámites del procedimiento abreviado, según el auto facilitado por el Partido Popular de la localidad.

La titular de ese juzgado señala que se han instruido diligencias previas por la contratación por parte del alcalde, entre enero de 2015 y enero de 2016, de una periodista para llevar el gabinete de prensa, contratación que se hizo sin un expediente, lo que "impedía" a cualquier ciudadano poder acceder al trabajo.

Los hechos pueden ser constitutivos de delito

Durante las diligencias, se tomó declaración como investigados tanto al alcalde como a la periodista, quienes no reconocieron los hechos al entender que los contratos celebrados eran "de naturaleza menor".

Según los fundamentos de derecho, los hechos denunciados pueden ser constitutivos de delito tanto por parte del alcalde como de la periodista, por lo que se pide al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares personadas que, en el plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación, o el sobreseimiento de la causa, o excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias.

Contra este auto cabe recurso de reforma en los tres días siguientes a su notificación, o de apelación dentro de los cinco días siguientes, según señala el auto fechado el pasado 21 de noviembre.