| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse
Sánchez e Iglesias el pasado martes tras acordar su pacto para los Presupuestos.
Sánchez e Iglesias el pasado martes tras acordar su pacto para los Presupuestos.

Juristas cuestionan la última medida estrella de Iglesias por ilegal y chapucera

La intervención pública de los precios de los alquileres fue el órdago del vicepresidente a Sánchez para apoyar los PGE. Pero resulta que la medida está muy en el aire.

| ESdiario España

Ha sido el gran órdago de Pablo Iglesias a Pedro Sánchez, tras el plante de Nadia Calviño, que puso en peligro el acuerdo de Presupuestos entre los socios del Gobierno. Es la polémica ley de alquiler de Podemos impuesta al sector PSOE de la coalición y que el presidente finalmente admitió para no ver en peligro el pacto. Pero, según los expertos, además de una auténtica chapuza, es ilegal.

Y es que el Gobierno ha anunciado su intención de emprender una reforma legal para limitar el precio de los alquileres, avanzando asimismo su intención de que pueda aplicarse con carácter retroactivo a los contratos antiguos, algo que los juristas cuestionan que sea posible porque chocaría con la Constitución y con el Código Civil.

La mayoría de los jueces y magistrados consultados opinan que tal modificación no podría imponerse a los contratos de alquiler ya vigentes y se agarran para ello a lo establecido en los artículos 9.3 de la Constitución, que garantiza "la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales", y al 1.255 del Código Civil, conforme al cual los contratantes pueden pactar lo que quieran siempre que no sea contrario "a las leyes, a la moral ni al orden público".

Los defensores de la tesis de la irretroactividad han reivindicado que "en un mercado libre rige el principio de autonomía contractual", por lo que la pretensión de aplicar las nuevas limitaciones a los contratos anteriores a la nueva ley supondría un "fuerte varapalo" a este principio jurídico, que identifican como piedra de toque del sistema de obligaciones y contratos que rige en España, avisando de que provocaría una gran inseguridad jurídica.

La magistrada Natalia Velilla ha explicado que "se permite la retroactividad favorable", pero en este caso "no se puede imponer a la iniciativa privada un tope máximo de alquiler cambiando los contratos" ya celebrados porque "es restringir el derecho a la propiedad". "Eso es una barbaridad", ha aseverado.

En la misma línea, otros colegas suyos han indicado que la retroactividad se podría justificar para los grandes tenedores de vivienda en alquiler, extrapolando las normas de protección a los consumidores, pero no para particulares porque aquí no estaría claro quién es la parte débil y quién es la parte fuerte del contrato.

En el extremo contrario, el coordinador de la Comisión de Derecho Civil de Juezas y Jueces para la Democracia, Edmundo Rodríguez, cree que sería posible ajustar la renta de los contratos existentes conforme a la nueva ley, si esta así lo recoge, porque sería un "imperativo legal" y "la relación entre los contratantes se tiene que someter a lo que dice la ley".

Los juristas que abogan por la irretroactividad también observan excepciones. Así, se han referido al artículo 1.105 de la legislación civil, por virtud del cual "nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse o que, previstos, fueran inevitables", esto es, los llamados casos fortuitos o de fuerza mayor. Para algunos expertos, la pandemia de coronavirus podría enmarcarse en este precepto y dar pie a la aplicación retroactiva.

Han planteado igualmente como posible salvedad las viviendas construidas con alguna ayuda pública o con precio de compra regulado. "Cuestión diferente sería si se trata de vivienda social", ha coincidido Velilla.

El modelo de Cataluña

La Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de Medidas Urgentes en Materia de Contención de Rentas en los Contratos de Arrendamiento de Vivienda que funciona en Cataluña podría servir de "pista" para el modelo que pretende imponer Podemos.

La normativa catalana establece en su articulado que se aplicará a los nuevos contratos de alquiler y a los antiguos en los que se hagan modificaciones, salvando así la cuestión de la retroactividad. "Probablemente usen la misma técnica normativa", han estimado las fuentes consultadas.