Desde hoy se comienza a sancionar a los usuarios de patinetes eléctricos que no lleven casco o circulen por las aceras y se estipula la edad mínima para conducirlos un VMP en 16 años
Desde este viernes entra en vigor al 100% la ordenanza municipal que regula la circulación de patinetes eléctricos y Vehículos de Movilidad Personal – VMP –, que fue aprobada a finales de julio con una moratoria de tres meses en las sanciones. Hasta ahora la Policía Local se ha limitado a informar a los usuarios de estos vehículos sobre la normativa y las infracciones que pudieran estar cometiendo, sin imponer propuestas de sanción.
El concejal de Movilidad, José Ramón González, ha hecho un llamamiento para que “sobre todo la gente joven, que son los usuarios principales del patinete y de vehículos de movilidad personal ,que vayan adoptando ya las medidas oportunas, como es el uso del casco, las luces reflectantes y cumplir por dónde tienen que ir, que no pueden circular por aceras, o que adopten el consejo de tener un seguro de responsabilidad civil”.
Timbre, luces y prohibido circular por las aceras
La nueva norma que regula por vez primera en nuestra ciudad la circulación de los patinetes eléctricos comienza a funcionar, y esto conlleva que los usuarios deben llevar casco de forma obligatoria cuando los usen, no van a poder circular por las aceras y deben hacerlo a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora por las calles de un carril y un sentido, las zona 30, ciclocalles, carriles bici, pistas bici y sendas ciclables en Alicante.
El edil de Movilidad se ha mostrado muy satisfecho con la entrada en vigor de la nueva ordenanza indicando que “es necesaria y la demandaban todos los ciudadanos, con ella logramos regular la circulación de los patinetes eléctricos de forma segura y limitando su velocidad”.
González ha matizado que “desde el día 30 ya empezarán a imponerse sanciones, porque la ordenanza ya es efectiva lo que pasa es que había una moratoria informativa durante tres meses, que ya es tiempo suficiente para que la gente se acostumbre y conozca bien el reglamento que tiene que cumplir”.
Entre las novedades que establece esta ordenanza se estipula la obligación para circular con los patinetes de portar timbre, luces delanteras y traseras, elementos reflectantes debidamente homologados, y el seguro de responsabilidad civil es recomendable, y solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín los vehículos de movilidad personal si están dotados de sistema de autoequilibrado.
Multas de 100€ a 500€
La presente normativa municipal consta de siete capítulos, desarrollados en dieciocho artículos, una disposición adicional y una disposición final, además de dos Anexos. El último capítulo regula las sanciones que se dividen en infracciones de carácter leves, con multas de hasta 100 euros; graves, que podrán sancionarse con multas de 101 a 200 euros, y las muy graves con multas de 201 a 500 euros.
La nueva norma divide los vehículos en dos tipos, en función de sus características técnicas, en primer lugar los de Tipo A, que son vehículos autoequilibrados, mono-ciclos, plataforma, y patinetes eléctricos ligeros, de menor tamaño, y están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y disponen de sistema de frenado. Asimismo los de Tipo B son vehículos autoequilibrados y patinetes eléctricos de mayor tamaño. Están equipados con un motor eléctrico y su capacidad máxima de transporte es de una plaza, y también dispondrán de sistema de frenado.
ANEXO DE INFRACCIONES
Se consideran infracciones las siguientes conductas:
Infracciones leves.
Infracciones graves.
presente ordenanza y demás normativa de aplicación.
Infracciones muy graves.
Se consideran infracciones muy graves las siguientes conductas: