| 20 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Cancelaciones y retrasos por la huelga de Ryanair ¿Qué podemos hacer si nos toca

La protesta de empleados de la compañía low cost ha provocado este martes 3 cancelaciones y 18 retrasos en los aeropuertos de Alicante y Valencia

| A. Maestre Edición Alicante

La primera jornada de la segunda convocatoria de huelga para los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) españoles de Ryanair ha provocado hasta las 19.00 horas de este martes 15 cancelaciones, 3 de ellas en el aeropuerto de València, y 234 retrasos en los aeropuertos donde Ryanair tiene bases, 18 de ellos en el Alicante-Elche Miguel Hernández.

Las cancelaciones afectan a diez rutas con origen o destino Barcelona, tres vuelos con origen o destino València y dos rutas entre Madrid-Palma de Mallorca, según ha informado el sindicato USO.

En cuanto a los retrasos, los aeródromos más afectados son El Prat, con 26 llegadas y 29 salidas retrasadas, y el de Palma, con 11 salidas y 33 llegadas. Le siguen el de Málaga (43 retrasos), Madrid (31 retrasos) y Alicante-Elche Miguel Hernández (18 retrasos).

Qué hacer ante una cancelación

Ente situaciones como las que se plantean ahora mismo en los aeropuertos españoles, conviene saber cómo reclamar una indemnización por un vuelo cancelado. La solución pasa por el reembolso del billete o el cambio por un nuevo viaje, aunque esto no remedia el daño causado a quien tiene un plan de vacaciones que ve frustrado.

Los pasajeros de avión que se vean perjudicados por la cancelación de un vuelo tienen derecho a elegir entre:

  • La devolución del importe del billete en el plazo de siete días, incluida la parte del viaje que ya hubiera realizado o las que le quedaran por realizar. También tiene derecho a un vuelo de vuelta desde el punto donde se interrumpió el viaje. 
  • Ser transportado hasta su destino por el medio transporte alternativo más rápido posible. Esto normalmente pasa por la reubicación en otro vuelo, que no tiene por qué ser de la misma compañía aérea. También pueden usarse otros medios de transporte si fuera necesario.

Vuelo cancelado: ¿Tengo derecho a una indemnización?

La compañía aérea debe pagar unas indemnizaciones, que varían en función de la distancia del trayecto y el destino:

 

  • En vuelos de hasta.1500 km, 250 euros 
  • En vuelos entre 1.500 y 3.500 km, 400 euros 
  • Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km, 400 euros 
  • Vuelos de más de 3.500 km, 600 euros

Esto, además, no excluye de responsabilidad a la compañía por las reclamaciones que los pasajeros quieran presentar por los daños adicionales causados asociados a la cancelación o el retraso en los vuelos.

Fuente: OCU