| 18 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Acceso a un hospital de Málaga.
Acceso a un hospital de Málaga.

En vigor el pasaporte Covid para acceder a hospitales y residencias en Andalucía

La medida ha sido solicitada por el Ejecutivo andaluz y cuenta con el aval del TSJA hasta el 15 de enero. La Junta quiere extenderla a los bares, restaurantes y el ocio nocturno.

| Manuela Herreros Andalucía

La Junta de Andalucía ha implantado finalmente la exigencia de presentar el certificado Covid-19 o prueba diagnóstica negativa de coronavirus para visitas a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial, tras recibir el aval del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La medida fue rechaza por el Tribunal en una primera petición, al carecer de una limitación temporal determinada para su vigencia, pero ahora con este requisito incorporado la petición sale adelante y se aplicará hasta el próximo 15 de enero.

 

Limitaciones a tener en cuenta

La orden establece que el acceso de las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados en centros sanitarios con internamiento o de personas residentes en centros sociosanitarios residenciales, tanto de titularidad pública o privada, se supedita a disponer de certificado Covid; PCR o test de antígenos con resultado negativo o acreditar haber pasado el Covid en los últimos seis meses.

En concreto, la orden de Salud exige para poder realizar visitas a hospitales y residencias disponer de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado que acredite que recibieron la pauta completa de una vacuna, de una PCR negativa realizada en las últimas 72 horas o un test de antígenos negativo en las últimas 48 horas.

También existe la vía de acreditar que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos seis meses, para lo que la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test.

La exigencia de pasaporte Covid no será aplicable para el acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias.

En opinión del alto tribunal, la medida es necesaria a los fines de evitar que las personas residentes en los centros sanitarios puedan eventualmente contagiarse con las graves consecuencias que sufrirían al constituir, objetivamente, un grupo de especial vulnerabilidad. También esgrime que es proporcional porque la afectación de los derechos fundamentales es muy leve en cuanto a su intensidad.

Con este aval, la Junta de Andalucía se plantea la implantación de esta misma medida para el ocio nocturno, los bares y restaurantes. El pasaporte Covid ha sido reclamado por el propio sector, con el objetivo de evitar otro tipo de restricciones durante estas fechas, que provocarían daños económicos mayores.