| 28 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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El exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Daniel Alberto Rivera.
El exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Daniel Alberto Rivera.

La corrupción de los ERE de Andalucía suma otro agujero de 36 millones más

El juez continúa el procedimiento contra el ex director general de Trabajo de la Junta Daniel Alberto Rivera y otras seis personas por las ayudas arbitrarias a la empresa A-Novo Comlink

| Manuela Herreros Andalucía

La corrupción de los gobiernos socialistas en la Junta de Andalucía dejan un reguero de ayudas y subvenciones otorgadas de forma irregular y sin control. En este caso prospera en los juzgados una de las piezas del caso ERE en la que se investiga la ayuda que recibió la empresa malagueña A-Novo Comlink, por importe de 35.952.537 euros.

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto contra siete personas investigadas, entre ellas se encuentra el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Daniel Alberto Rivera; un abogado; un responsable de la mediadora Vitalia, y tres directivos y un extrabajador de la empresa. Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra las entidades A-Novo Comlink, Vitalia y el despacho al que pertenece el letrado investigado.

El magistrado toma esta decisión “por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos” de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones para llegar al juicio oral.

El instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, o los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, y Juan Márquez, pues ya han sido juzgados por estos delitos.

Sin embargo, en el caso de Daniel Alberto Rivera que no fue encausado previamente, se determina en el auto que “concurren sólidos indicios de los que se desprende que durante su mandato como director general de Trabajo y Seguridad Social se concedieron y realizaron, de manera injusta y arbitraria, diversos pagos de ayudas y subvenciones ilícitas".

Las ayudas se concedieron “de forma injusta y arbitraria”

El caso se centra en la presunta ilicitud de las ayudas sociolaborales por casi 36 millones de euros, facilitadas entre los años 2005 y 2010 por la Dirección General de Trabajo a la mercantil A-Novo Comlink, dedicada al diseño y fabricación de productos tecnológicos. Unos hechos acontecidos, principalmente, durante el mandato de Manuel Chaves como presidente 

Estas ayudas iban supuestamente dirigidas al pago de las indemnizaciones por tres ERTE, mediante la suscripción de pólizas de seguro para un plan de jubilaciones parciales de 224 trabajadores y para "atender gastos de traslado, pago a proveedores y plan social para los trabajadores, la cual se instrumenta indebidamente mediante una póliza de seguro cuyo asegurado es el presidente y consejero delegado” de la mercantil, “siendo el beneficiario la propia empresa”.

 El juez considera que, de lo actuado, se deduce que las ayudas concedidas a A-Novo Comlink “carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad”.

A ello se suma que se concedieron por el director general de Trabajo “sin competencia para ello, sin resolución motivada y justificada de concesión, sin acreditación de los requisitos necesarios para su obtención, sin que se justificase en modo alguno el carácter excepcional de la correspondiente ayuda, sin control administrativo y sin justificación ni acreditación del destino de los fondos percibidos”.


Según el juez, no hubo control administrativo ni fiscalización

El magistrado afirma que las subvenciones se concedieron “sin análisis económico alguno realizado por la Junta que pusiera de manifiesto si estas ayudas, en sí mismas, eran procedentes en atención a las circunstancias del beneficiario”. El juez apunta que “tampoco hubo seguimiento por parte del órgano gestor de las subvenciones, ni control administrativo ni fiscalización a través del Gabinete Jurídico de la Junta o de la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo”.

De nuevo todo apunto a que las subvenciones se entregaban "a demanda" según quedó reflejado en otras piezas. El juez añade que, en este caso, “no se trata, pues, de la omisión de trámites esenciales, sino lisa y llanamente, de la omisión de todo el procedimiento, pues éste no puede empezar por donde debe terminar”.