| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse
Rocío Jurado, cuando ya sufría los estragos de la enfermedad
Rocío Jurado, cuando ya sufría los estragos de la enfermedad

El día que Rocío Jurado “sentenció” a su familia

La chipionera universal plasmó en su testamento sus últimas voluntades “afectivas”, dejando claro qué porvenir de todos los seres queridos que le rodeaban le preocupaba más.

| Jesús Manuel Ruiz Chismógrafo

Fue un 17 de septiembre de 2004. Hace ahora 17 años. Aquella mañana, Rocío Jurado convocaba a la prensa en los jardines de su casa de la Moraleja. El “runrún” de lo que podía suceder circulaba entre las bambalinas del papel couché. Con una indumentaria color blanco y naranja la chipionera más internacional tenía que comunicar la noticia que la llevaría a la tumba nueve meses después.

“Tengo un cáncer maligno”. Con mirada triste pero con fuerza en su movimiento dejó claro que tenía que atravesar un largo -fue corto- desierto hospitalario.  Aquel día Rocío Jurado sabía mucho para dejarlo todo atado. A lo largo de su vida -como el resto de mortales- hace testamento. En el derecho civil sólo es válido el último dejando inválidos todos los anteriores. El último testamento puede valer a unas últimas voluntades en lo que se refiere a cariño y aprecio hacia los beneficiarios. Aparte de lo crematístico.

 

Rocío Jurado testaba en Madrid como residente que era de la capital. En la Comunidad de Madrid rige el Código Civil y no Ley Foral como sucede en otras comunidades españolas. El Código Civil dispone de los tres tercios testamentarios. El testamento de Rocío Jurado estaba medido. Estudiado. No fue algo aleatorio. A Rocío Jurado aquella mañana se le pasó por la cabeza que aquel testamento sería el último por cómo se define la partición.    

El tercio de “Legítima estricta” para sus tres hijos. Esto era inamovible según ley. El tercio “de mejora” queda para su hija Rocío Carrasco. Razones había. Su hija mayor se quedaba sin padre y sin madre. Había que protegerla. No queda de heredera universal. Eso es otro concepto. Queda beneficiada porque así lo considera la testadora.

Si Rocío Jurado quiso traducir sus últimas voluntades “afectivas” en su testamento, todo está dicho. Ahora llegan las interpretaciones. Y para eso, habrá tantas como voces

El tercio de “libre disposición” lo reparte entre sus dos hermanos, Gloria y Amador. También en este último testamento deja una parte a su sobrino Fernando (hijo de Rosa y Amador). Con este sobrino tuvo una relación especial desde el nacimiento del pequeño. Ortega Cano recibe lo que corresponde en herencia que es un tercio de la mejora en “usufructo”  que se traduce en una posesión. En eso consiste el cuaderno particional.

El testamento se puede explicar de muchas maneras. Si Rocío Jurado quiso traducir sus últimas voluntades “afectivas” en su testamento, todo está dicho. Ahora llegan las interpretaciones. Y para eso, habrá tantas como voces.