| 21 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Cristina Cifuentes
Cristina Cifuentes

La Justicia absuelve a Cifuentes pese a que la Fiscalía quería repetir el juicio

La expresidenta madrileña ha quedado exonerada de cualquier responsabilidad en el llamado 'caso máster' después de que el TSJM ratificase la sentencia.

| A. Jiménez España

La Justicia ha ratificado la absolución de Cristina Cifuentes. Tras años imputada por el llamado 'caso master' que le obligó, además a dejar su cargo de presidenta de la Comunidad de Madrid, ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado carpetazo al asunto, a pesar de que la Fiscalía había exigido una repetición del juicio.

Además, ha rebajado a un año de cárcel la condena impuesta a la que fuera directora del polémico curso de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC), Cecilia Rosado, por un delito de falsedad documental. También María Teresa Feito ve rebajada su condena de los tres años de prisión iniciales a los dos años de prisión como inductora de un delito de falsedad documental.

 Los magistrados confirman la absolución de Cifuentes al desestimar el recurso presentado por la Fiscalía de Madrid. En su recurso, la fiscal solicitó la anulación de la resolución y la repetición del juicio.

La representante del Ministerio Público alegaba que la sentencia infringía la tutela judicial efectiva, al carecer de "racionalidad y lógica" la motivación que llevó a los jueces a absolver a la expresidenta de la Comunidad de Madrid pese a las evidencias, que a su juicio, aporta el material indiciario.

La Sala entiende, sin embargo, que el tribunal sentenciador "no incurrió en un déficit de motivación ni su discurso es irracional ni omite razonamiento sobre alguna prueba relevante" y sostiene que "la sentencia explica sucintamente las razones que alientan la absolución" .

En este sentido, los magistrados mantienen que si bien la sentencia "orilló algunos pormenores y su discurso absolutorio no comprende ni excluye la construcción propuesta por el Ministerio Fiscal, no por ello incumple el deber de motivación ni lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva invocado por la acusación pública por irracional valoración de la prueba".

"La fundamentación en que descansa la pretendida virtualidad probatoria de los indicios o razones 'velados' o 'encubiertos' que expone la fiscalía para dar por probada la intervención en los hechos de la Cristina Cifuentes es inhábil, pues estamos en presencia de meras hipótesis, insuficientes para determinarla con la certeza que una sentencia condenatoria requiere", recoge la sentencia.