| 24 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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La fallecida Rita Barberá y su exnúmero dos, Alfonso Grau, absuelto este viernes en el "caso Nóos".
La fallecida Rita Barberá y su exnúmero dos, Alfonso Grau, absuelto este viernes en el "caso Nóos".

La sentencia del caso Nóos rehabilita a Rita Barberá y se vuelve contra el PSOE

Una tras otra, todas las causas por las que la exalcaldesa de Valencia sufrió un linchamiento político y mediático han acabado desvaneciéndose. Ahora la "trama" valenciana de Nóos.

| Miguel Blasco España

Desgraciadamente la exalcaldesa de Valencia, Rita Barberá, no va a poder ver como una de las causas judiciales con la que sus enemigos políticos la sometieron a un insoportable linchamiento, se ha desvanecido. La sentencia del caso Nóos absuelve a todos los acusados del gobierno valenciano del PP -entre ellos el vicealcalde Alfonso Grau-, niega que existiera una trama en aquella comunidad y, aún va más allá, dice que las gestiones realizadas por la exsenadora y su equipo tenían como objetivo mejorar la posición y la imagen de Valencia.

Por ello, el PP en el ayuntamiento de la capital valenciana ha denunciado que tanto esta causa como la conocida como Ritaleaks "fueron artificios del PSPV y Compromís, incapaces de ganar en las urnas a Rita Barberá".

"En el grupo popular queremos expresar nuestra satisfacción por la sentencia absolutoria en el caso Nóos de los cargos valencianos, al tiempo que demandamos a la portavoz del PSPV, Sandra Gómez, que les pida públicamente perdón por mancillar su honor y por intentar con ello manipular e influir en la opinión pública para cambiar el resultado de las elecciones", ha exigido el PP en un comunicado.

El portavoz del grupo popular en el consistorio, Eusebio Monzó, ha asegurado que la sentencia "pone en evidencia la maledicencia de la acusación llevada a cabo por el PSPV, y en concreto por la actual portavoz en el ayuntamiento, Sandra Gómez, que única y exclusivamente perseguía dos fines políticos: su promoción personal y lograr un beneficio electoral".

Por su parte, el concejal Alfonso Novo ha mostrado el máximo respeto a las decisiones de los jueces y ha pedido a Sandra Gómez que "salga públicamente a pedir perdón y a reconocer que su único objetivo, más allá de buscar que se hiciera justicia, era aprovecharse de este caso para relanzar su carrera política".

Asimismo, Novo ha reclamado que se reconozca que la sentencia de Nóos "disipa las dudas sobre gestión" de la exalcaldesa ya fallecida Rita Barberá, "que con mentiras trataron de poner en duda". "Sandra Gómez, como abogada pagada por el Partido Socialista, no dudó en poner en entredicho de manera injusta el prestigio de Rita Barberá, sin importarle nada el daño personal que podía causar, con una comportamiento maquiavélico, dando por bueno que el fin justifica los medios".

"El mal uso de la justicia, para tratar de influir en los procesos electorales, como ha quedado demostrado hizo la portavoz socialista y también el alcalde de Compromís Joan Ribó con el caso Ritaleaks supone una vulneración intolerable de los principios democráticos, y buscaba sacar un rédito electoral que ni Compromís ni el PSPV fueron capaces de lograr con propuestas y proyectos para la ciudad de Valencia", ha concluido.

Absolución contundente

El exvicealcalde de Valencia y expresidente del Patronato de la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), Alfonso Grau, y otros cuatro ex altos cargos valencianos han sido absueltos de los delitos de los que se les acusaba al no ver la Audiencia de Baleares intención por parte de estos acusados de favorecer a Iñaki Urdangarin.

Junto a Grau, se encontraban acusados el exdirector general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, Jorge Vela; su exdirectora de gestión, Elisa Maldonado; el exsecretario autonómico de Turismo y Proyectos Estratégicos de la Generalitat Valenciana, Luis Lobón; y el sucesor de Vela, José Manuel Aguilar.

Estas cinco personas fueron acusadas de haber adjudicado al Instituto Nóos 3,6 millones en contratos sin concurso público para organizar tres ediciones de los Valencia Summit, entre 2004 y 2006.

Sin embargo, el tribunal juzgador ha entendido que no hay delito. Estima, en resumen, que se cumplieron los objetivos promocionales firmados en los contratos; que los eventos se realizaron y los pagos se hicieron posteriormente.