| 19 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Puigdemont, el pasado 6 de abril justo en el momento de abandonar la prisión de Neumünster.
Puigdemont, el pasado 6 de abril justo en el momento de abandonar la prisión de Neumünster.

La respuesta del Supremo a los jueces alemanes enfría la euforia de Puigdemont

Los tres magistrados de la Sala de Apelaciones del Alto Tribunal desmontan uno a uno, con razonamientos legales, los argumentos de la Justicia alemana para vetar la extradición.

| Javier Ruiz de Vergara España

Por tierra, mar y aire, jueces y fiscales españoles se conjuran para tratar de revertir el varapalo que los tres jueces de la Audiencia de Schleswig-Holstein han propinado al Tribunal Supremo y a la causa judicial contra el procés, al negarse a extraditar por rebelión a Carles Puigdemont.

Si la pasada semana fueron los miembros de la Fiscalía que investigan el 1-O los que se reunieron con sus homólogos alemanes en La Haya para reforzar los argumentos jurídicos que puedan apuntalar la demanda de extradición, este martes ha sido la Sala de lo Penal del Supremo la que ha dado una auténtica colección de argumentos a los magistrados del Estado de Baviera que aún analizan si entregan a Puigdemont, en este caso, por el delito de malversación de caudales públicos.

Los magistrados de la citada Sala, que son los que analizan las decisiones que va adoptando el juez Pablo Llarena, no han querido dejar pasar la oportunidad que les brindaba el recurso del expresidente de la ANC, Jordi Sánchez, para lanzar a sus colegas alemanes un torpedo jurídico que, de paso, va a servir para enfriar la euforia de los independentistas.

Y es que el Supremo no se ha andado por las ramas y ha replicado de forma contundente al auto de la Audiencia de Schleswig-Holstein. En primer lugar, le afea que compare el procés que se juzga en España con unas protestas organizadas en su día contra la ampliación del aeropuerto de Frankfurt, tal y como señalaron los magistrados alemanes en su resolución.

"En nuestro caso no se trataba de ampliar o no una de las pistas del aeropuerto de El Prat de Llobregat, y que ello generara la protesta de miles de manifestantes para impedirlo", explica la resolución de la Sala de lo Penal.

"Lo que aquí realmente sucedía era que después de más de dos años dedicados a laminar el ordenamiento jurídico estatal y autonómico, y de oponerse frontalmente al cumplimiento de sentencias básicas del Tribunal Constitucional, se culminaba el proceso secesionista dentro de un país de la Unión Europea, con una democracia asentada, poniendo las masas en la calle para que votaran en un referéndum inconstitucional oponiéndose a la fuerza legítima del Estado que protegía unos supuestos colegios electorales", enfatizan los magistrados Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro.

En segundo término, los jueces españoles explican que el sustento del delito de rebelión puede aquilatarse a las distintas legislaciones europeas ya que, básicamente, es atribuible a aquellos que "en lugar de valerse de la violencia para tomar el poder central del Estado tratan de desconectar o desgajar del Estado español las instituciones autonómicas cuyos poderes ejercían".

 

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes. El Alto Tribunal ha salido este martes en auxilio del juez Llarena en busca de una rectificación de la Justicia alemana.

 

Por eso, y en tono bien didáctico, los magistrados del Alto Tribunal explican a los magistrados alemanes que Puigdemont y su gobierno contaban con los medios jurídicos que les habían proporcionado la Constitución y el Estatuto de autonomía a través de "unas elecciones legítimas",  pero que este "instrumental jurídico" lo acabaron utilizando "con fines totalmente contrarios a los dispuestos por las normas que legitimaban su función".

Y los magistrados españoles ponen a sus colegas ante el espejo. "Si los hechos que se han venido cometiendo en España se hubieran perpetrado en un land de Alemania con los mismos factores de evolución, tiempo y resultado, no parece muy factible que todo ello se saldara con una sentencia condenatoria meramente simbólica como se dice en la resolución del tribunal regional", subrayan.

Y concluyen Colmenero, Monterde y Barreiro con una recomendación a sus colegas alemanes, a los que recuerdan que las querellas de la Fiscalía dejaban abierta la posibilidad de que, si no se detectaba violencia suficiente que exige el Código Penal de Alemania, se considerara lo sucedido como un delito de sedición.

Un delito que, recuerdan, lleva aparejadas penas muy elevadas de hasta 15 años de prisión. Aun así los magistrados ven más acertada la calificación de rebelión que protege los ataques contra el sistema constitucional, frente a la sedición, que lo que busca es el más modesto objetivo de proteger el orden público.

Mucho más que un desahogo, un arsenal de argumentos jurídicos que a buen seguro van a estudiar los miembros de la Audiencia de Schleswig-Holstein. Y que tal vez enfríe la euforia de Puigdemont y sus fieles que este miércoles se reúnen en Berlín.