| 23 de Abril de 2024 Director Benjamín López

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados.

Bruselas deja en evidencia a Sánchez: su reforma del Código Penal, en peligro

La Unión Europea propone una armonización penal que obligaría a España a endurecer los nuevos tipos de malversación que Sánchez introdujo para satisfacer a sus socios independentistas.

| Raúl Puente España

La jugada de Pedro Sánchez para contentar a sus socios podría darse la vuelta. Al menos en parte. Y es que, la Unión Europea quiere armonizar las penas relacionadas con varios delitos relacionados con la corrupción, entre ellos la malversación, y esto supondría tener que reformar de nuevo el Código Penal tras hacerlo a finales de 2022 para responder a las peticiones de los independentistas catalanes. Un documento a medida de los líderes del procés gracias al sanchismo.

Concretamente la Comisión Europea plantea que las infracciones referidas a malversación, tráfico de influencias y cohecho sean castigadas con penas de cárcel de una duración máxima de al menos 5 años. En el caso de España supondría endurecer los dos tipos atenuados creados con la última reforma penal. Y es que dicha reforma mantuvo el tipo tradicional de malversación en el artículo 432 con las mismas penas (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación), pero creó dos tipos atenuados de malversación.

 

El primero para cuando "la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destine a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas", con penas de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años. Y el segundo tipo para "la autoridad o funcionario público que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diese al patrimonio público que administra una aplicación pública diferente a la que estuviera destinada", sancionado con entre de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación.

Por debajo del umbral de 5 años

Por ello, conforme a la propuesta lanzada por Bruselas, el artículo 432, al tener una pena máxima de 12 años, quedaría indemne, pero los dos nuevos tipos no cumplirían lo requerido por contemplar máximas de 3 y 4 años. Es decir, por debajo de ese umbral de 5 señalado por el Ejecutivo comunitario.

La propuesta de directiva tendrá que ser negociada ahora por los estados miembros y el Parlamento Europeo, pero en caso de confirmarse, Sánchez debería volver a cambiar el Código Penal de nuestro país. Esta última vez se dio bastante prisa, veremos en caso de aprobarse si lo hace igual de rápido. Todo lo contrario a lo que hizo con la reforma de la ley del solo sí es sí, durante meses estancada por no aceptar la propuesta del Partido Popular, algo que ha hecho de todas maneras pero tras unas consecuencias terribles.

 

Lo mejor es que el propio presidente del Gobierno aseguró que el motivo principal de esos cambios en el Código Penal se debían a que había que homologarlo con el de la Unión Europea. Qué curioso es el destino que ahora podría verse obligado a modificarlo de vuelta precisamente porque Bruselas se lo ordena.