| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Arranca la tributación de las criptomonedas

La Agencia Tributaria ha decidido incrementar la vigilancia sobre los activos digitales, y en especial sobre las criptomonedas, al alza con la inestabilidad de los mercados financieros.

| ESdiario Internet

El día 6 de abril comienza el plazo para presentar a Hacienda la declaración de la Renta correspondiente a los ingresos obtenido en 2021. Los contribuyentes tienen hasta el día 6 de junio para cumplir con sus obligaciones tributarias. En este ejercicio se han introducido novedades muy relevantes, como los cambios en los tramos del IRPF y la mayor vigilancia de las inversiones en criptomonedas, así como ayudas a las personas afectadas por el volcán de La Palma.

En el ámbito de las criptodivisas, muchos tenedores de estos activos digitales no saben realmente cómo declarar sus ingresos. Bitcoin o Ethereum son algunas las principales criptomonedas del mercado, pero ese universo es tan cambiante que cada día aparecen nuevas propuestas.

Las criptomonedas, al saco del Impuesto de Patrimonio… y al IRPF

Los activos digitales de este tipo deben ser declarados como una parte más del patrimonio del titular. Así, las personas residentes en España  con criptomonedas notificarán a la Agencia Tributaria este hecho si el valor de sus bienes es superior a los dos millones de euros.

Por otra parte, la transmisión de criptomonedas también se fiscaliza. En este caso la acción está cubierta bajo el IRPF. Para aclarar, la tenencia de criptomonedas, siempre que esto suponga alcanzar un valor de bienes o derechos por encima de dos millones de euros, tocará abonar el impuesto sobre el patrimonio que corresponda. La transmisión o los rendimientos de estos activos tributan en base al IRPF.

Un tercer aspecto a tener en cuenta es que la recepción de criptomonedas como parte de una herencia o donación también tributa. Aquí se activa el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con tipos que van desde el 7,65 al 34%. No obstante, muchas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones muy elevadas en función de parentesco.

¿Qué ocurre con el IVA?

A efecto de IVA, el Impuesto sobre el Valor Añadido, las criptomonedas están exentas de ello. No se consideran sujetas al impuesto y están exentas de su pago. Tampoco se puede deducir el IVA  soportado en caso de actividad empresarial, véase por ejemplo la minería. La ley reguladora del IVA señala en su artículo número 20 que las operaciones financieras no deben cubrir este impuesto, según señala el abogado Fernando Fuster- Fabra, socio de Fuster-Fabra Abogados.

En este apartado, las criptomonedas se comportan igual que las acciones, ya que son considerados productos financieros. Sin embargo, existen diferencias notables entre la venta de acciones y la de criptomonedas en cuanto a la naturaleza de los activos.

¿Cuánto hay que pagar de IRPF por las ganancias con las criptomonedas?

La ganancia patrimonial es el resultado de restar al valor de transmisión, es decir, lo que se vende, el valor de adquisición, lo que se compra. Esto es, en gestiones con las criptodivisas, si el resultado de venderlas es positivo en cuanto a ganancia de patrimonio, habrá que tributar por estas ganancias.

Actualmente, los tramos están cifrados en el siguiente porcentaje: de 0 a 6.000 euros se paga un 19%. Las siguientes ganancias desde 6.001 a 50.000 euros al 21%; más de 50.000 y hasta 200.000 euros al 23%. Para el ejercicio 2022 se ha habilitado un último tramo que es el tipo impositivo del
26% para ganancias superiores a los 200.000 euros. Con las criptomonedas se aplica el principio fiscal de progresividad, como es habitual en la legislación española.

¿Qué ocurre con la tenencia de estos activos digitales en el extranjero?

Una situación muy común es la tenencia de criptomonedas en el extranjero. En ese caso se activa el conocido modelo 720, recientemente tumbado desde Europa. Las personas que tengan más de 50.000 euros en criptodivisas fuera de España están obligadas a presentar este modelo ante Hacienda.

El proceso también afecta a las cuentas en entidades financieras, las acciones y fondos de inversión y los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles en el extranjero. Fuster-Fabra señala que la decisión de la Justicia Europea va a abrir un nuevo escenario con la fiscalización de criptomonedas fuera de España a través del modelo 721.

Como señalan en Quipu Blog, la tributación de las criptomonedas presenta aún muchos escenarios poco claros. Muchos de ellos podrán ser aclarados con el futuro reglamento europeo MiCA (la propuesta de Regulación de Mercados de Criptoactivos), que no llegará hasta 2024. Hasta entonces, toca estar muy atento a la realidad fiscal y hacerse a la idea de que estos activos siempre están sujetos a una alta variabilidad.