| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Detalle del cuadro que es objeto de la disputa legal
Detalle del cuadro que es objeto de la disputa legal

¿Sabía el barón Thyssen que compraba un cuadro expoliado por los nazis?

Un juez de Estados Unidos investiga si el multimillonario estaba al corriente de que una pintura de Camille Pissarro de su colección había sido arrebatada por el Reich a su propietaria judía

| P.P.H. / EP Opinión

¿Conocía el todopoderoso barón Thyssen que aquella luminosa estampa de una céntrica calle parisina pintada por Pissarro, uno de los maestros del impresionismo, tenía detrás una tremenda historia de violencia con los nazis de protagonistas? Eso es lo que va a determinar ahora un juez de Estados Unidos, como respuesta a una demanda que acumula ya una larga trayectoria en los tribunales.

La familia descubrió en 2000 que el cuadro se encontraba en el Thyssen y comenzó el procedimiento judicial

En concreto, un magistrado de Pasadena, en California, debe estudiar si obliga a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza a devolver el cuadro de Pissarro Rue st. Honoré, aprés-midi, effet de la pluie, expuesto en Madrid y valorado en cerca de 14 millones de euros, a los herederos de Lilly Cassirer, la mujer a la que pertenecía la obra antes de que los nazis la obligaran a venderla a bajo precio a cambio de un permiso para salir de Alemania. La cuestión depende de si se declara o no que la Fundación era conocedora del origen de la obra cuando la adquirió en 1993.

La resolución es consecuencia de una petición realizada por la familia Cassirer al juez californiano, a la que se adhirió tras personarse en el caso la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España, representadas el despacho B. Cremades & Asociados en Madrid. La familia descubrió en 2000 que el cuadro se encontraba en el Thyssen y comenzó el procedimiento judicial dirigido a recuperarlo.

Desde la ventana

El objeto de la disputa legal es un lienzo con una escena callejera parisina pintada en 1897 por Camille Pissarro (1830-1903), el artista francés nacido en la isla antillana de Santo Tomás. Curiosamente Pissarro vivió casi toda su vida fuera de París y fue básicamente un pintor de idílicos paisajes rurales, como pionero de los artistas que trabajaban al aire libre. Pero en el último tramo de su vida, tuvo que trasladarse a la ciudad a causa de su creciente pérdida de visión. Entonces empezó a pintar acomodado en una ventana, captando la actividad cambiante de las calles de ciudades como Ruán y París. Y a esa etapa creativa corresponde justamente Rue st. Honoré, aprés-midi, effet de la pluie.

Malvendida para poder huir de Alemania

La obra pertenecía en 1939 a Lilly Cassirer, una ciudadana judía quien se vio forzada a entregarla a los nazis por un insignificante precio a cambio de un permiso para salir de Alemania y salvar así su vida, según los reclamantes.

El cuadro fue localizado en EEUU en 1951, cuando fue comprado por el coleccionista de arte Sydney Brody. Lilly Cassirer reclamó judicialmente la obra y en 1958 el Gobierno federal alemán la reconoció como su propietaria legal y le entregó 120.000 marcos como compensación. Tras pasar por otros dueños y vicisitudes, finalmente fue adquirida la obra en 1976 por el Barón Thyssen Bornemisza, el cual a su vez se lo vendió a la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza en el año 1993.

David Cassirer, heredero de Lilly Cassirer, presentó una demanda en 2000 ante el Juez del Distrito Federal de Pasadena, California, el cual era el domicilio del demandante. Mediante una decisión sumaria, el Juez de Distrito determinó que la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza era la propietaria del cuadro puesto que, fuese cual fuese el título de adquisición, se había convertido en legítima propietaria de la obra por prescripción adquisitiva conforme al derecho español.

El cuadro fue pintado en 1897 por Camille Pissarro, que en la última etapa de su vida se especializó en retratar escenas urbanas desde ventanas.

Esta figura se recoge en el artículo 1955 del Código Civil español, el cual dispone que se "prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición". Es decir, independientemente de cómo hubiese adquirido el cuadro, la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza se habría convertido en legítimo propietario del mismo por su posesión no interrumpida durante seis años. De esta manera, evitando entrar en el fondo, la decisión del juez de Pasadena cerró en principio la puerta a la familia Cassirer a recuperar la propiedad de la obra de arte expoliada.

Esta resolución fue recurrida por la familia Cassirer ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito Federal de los Estados Unidos. Por su parte, la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España, representadas por Bernardo M. Cremades, Jr. del despacho B. Cremades & Asociados en Madrid, se personaron en el procedimiento de apelación como terceros interesados (amicus curiae) para contribuir a la devolución del cuadro a la familia Cassirer.

Esta parte considera que el juez de distrito no debió declarar la prescripción adquisitiva del cuadro porque el artículo 1956 del Código Civil español dispone que "las cosas muebles hurtadas o robadas no podrán ser prescritas por los que las hurtaron o robaron, ni por los cómplices o encubridores, a no haber prescrito el delito o falta, o su pena, y la acción para exigir la responsabilidad civil, nacida del delito o falta". Entiende por ello que la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza de ninguna manera podía adquirir la propiedad de la obra por prescripción adquisitiva en el plazo de seis años desde su compra si conocía (o debía conocer) que el cuadro fue robado por los nazis. 

La propietaria fue obligada a vender a un precio irrisorio el cuadro en 1939 a los jerarcas nazis para poder huir de Alemania. Hoy la pintura está tasada en cerca de 14 millones

Finalmente, en una decisión hecha pública esta semana, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito Federal de los Estados Unidos, ubicada en la ciudad californiana de San Diego, acoge los argumentos esgrimidos por la Comunidad Judía de Madrid y la Federación de Comunidades Judías de España.

Así, el tribunal revoca la sentencia instancia y ordenando al Juez de Distrito que entre a valorar si, cuando compró la pintura en el año 1993, la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza sabía o debería haber sabido que la misma procedía del expolio nazi.

Comprada “de buena fe”

El abogado de la Fundación Thyssen-Bornemisza, Thaddeus J. Stauber, ha afirmado que la entidad adquirió la obra "de buena fe" y confía en que la propiedad será confirmada de nuevo, según ha indicado en un comunicado. En concreto, ha asegurado que al igual que "el barón Thyssen-Bornemisza adquirió la pintura de buena fe en 1976, la fundación, a su vez, adquirió la pintura de buena fe en 1993, donde ha estado siempre en exhibición al público".

El abogado de la Fundación Thyssen se ha mostrado "satisfecho" de que la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito Federal de los Estados Unidos "haya reconocido que es la ley española la que establece la propiedad legal de la fundación".

Un cuadro "con problemas"

Por su parte, el abogado que representa a la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) y la Comunidad Judía de Madrid  ha asegurado que hay "elementos suficientes" para que el juez dicte que la Fundación Thyssen-Bornemisza "debería haber sabido" el origen de la obra, en cuyo caso tendría que devolverlo.

"Consideramos que hay elementos más que suficientes para que el juez de instancia resuelva que deberían por lo menos haber sabido que este cuadro tenía problemas", ha precisado en declaraciones a Europa Press el socio del despacho B. Cremades & Asociados en Madrid, Bernardo Cremades Román.