| 28 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Baltasar Garzón
Baltasar Garzón

Mazazo del Supremo a Baltasar Garzón por sus audios con Villarejo y Delgado

El TS ha archivado la querella en la que el exmagistrado atribuía al exdirector de moncloa.com un presunto delito de injurias

| A. J. Tribunales

El Tribunal Supremo ha dado un gran golpe al exjuez Baltasar Garzón, al archivar la querella que este había presentado contra el exdirector de moncloa.com Joaquín Vidal por un presunto delito de injurias después de que publicara los audios de la comida del exjuez con el comisario jubilado José Manuel Villarejo y la ahora fiscal general del Estado, Dolores Delgado, en un restaurante madrileño. 

Los magistrados han concluido en su auto que el sobreseimiento libre de la Audiencia de Madrid "no es susceptible de ser recurrido en casación de conformidad con la doctrina" existente en el Supremo, "ya que no se cumple el requisito de que se hubiese dirigido una imputación formal" contra Vidal. Según consta en la resolución del Supremo, la Sala de lo Penal ha condenado a Garzón al pago de las costas del procedimiento.

 Garzón se querelló contra el exdirector de moncloa.com después de que éste dijera, entre otras cosas, que el exjuez formaba parte de una "trama delictiva" y de un "grupo mafioso" --en referencia al presunto clan liderado por Villarejo-- y publicara los audios de la comida en el restaurante Rianxo.

En el auto de la Audiencia Provincial de Madrid que se recurre, los jueces destacaron que la "relevancia del interés de la grabación alcanza incluso a la propia y notoria condición de personajes públicos de, al menos, dicho comisario, el juez y la fiscal presente en tal ocasión, cuyas conversaciones han sido publicadas".

En su recurso ante el Supremo, Garzón alegó que las injurias proferidas por el exdirector de moncloa.com excedían los contornos de la libertad de información o de expresión "con una clara lesión de la dignidad personal y el derecho al honor". A su juicio, había "indicios suficientes de criminalidad" y era improcedente archivar la investigación.

Asimismo, el exmagistrado subrayó que los "insinuados juicios de valor del auto" de la Audiencia de Madrid infringían los "límites legales y constitucionales del delito de injurias" y vulneraban "el derecho a la tutela judicial efectiva en múltiples perspectivas".

Según consta en la resolución del Supremo, durante la tramitación del recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal para que se pronunciara. El departamento dirigido por Dolores Delgado, pareja del exjuez, formuló escrito por el que se abstuvo de realizar pronunciamiento alguno al tratarse el delito denunciado -injurias graves realizadas con publicidad- de un delito privado.