| 14 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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El CGPJ en una de sus reuniones.
El CGPJ en una de sus reuniones.

El CGPJ allana el camino al Supremo con su informe sobre el fin de la alarma

Tras admitir a trámite el primer recurso contra el Gobierno, los magistrados no parten de cero en sus deliberaciones. Los vocales del Poder Judicial han adelantado sus argumentos.

| María Jamardo Tribunales

El Tribunal Supremo ha decidido poner orden en el caos jurídico creado por Pedro Sánchez al finiquitar el Estado de Alarma sin un plan B.

Y los magistrados van a comenzar a deliberar las distintas y contradictorias resoluciones de los Tribunales Superiores. Para ello, cuentan con un informe previo de varios vocales del CGPJ que han afeado al Gobierno que no les tuviera en cuenta antes de tomar la decicisión de dejar a las Comunidades Autónomas sin su paraguas legal contra la pandemia.

Así lo han hecho constar siete vocales del máximo órgano de los jueces en un voto particular al acta emitida por el órgano constitucional reunido en Pleno el pasado día 17 de mayo. Se trata de José Antonio Ballestero, Carmen Llombart, Gerardo Martínez Tristán, Juan Manuel Fernández , Juan Martínez, Nuria Díaz y María Ángeles Carmona.

Todos ellos han criticado que  "las reformas procesales introducidas" por el decreto del Gobierno "que inciden en el ámbito competencial del Tribunal Supremo, así como en el de los Tribunales Superiores de Justicia y lo hacen en relación a disposiciones emanadas de los Gobiernos de las Comunidades Autónomas limitadoras de derechos fundamentales de los ciudadanos" no hayan contado con el aval del CGPJ. "La falta de informe del CGPJ en este caso vulnera los estándares europeos", han asegurado en el escrito al que ha tenido acceso ESdiario.

 

El fin del Estado de Alarma sin plan B ha dejado en manos de los jueces las restricciones de movilidad, entre otros asuntos.

 

No en vano el Consejo Consultivo de Jueces Europeos en su dictamen sobre los Consejos de Justicia, de 2007, señaló que "todos los proyectos legislativos relativos al estatuto del juez, a la administración de justicia, al derecho procesal y más generalmente todo proyecto de texto legislativo susceptible de tener incidencia sobre el Poder Judicial y especialmente la independencia de los jueces, o de provocar una disminución de las garantías de acceso de los ciudadanos (incluso los mismos jueces) a la justicia, debería obligatoriamente ser sometido, antes de la deliberación del Parlamento, a la opinión del Consejo de la Justicia".

Argumentos para el Supremo

Los siete vocales autores del voto particular sobre la decisión del Gobierno, de 4 de mayo, por la "que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma" declarado el pasado 25 de octubre de 2020 -para contener la propagación de infecciones causadas por el coronavirus- han considerado que las "medidas extraordinarias en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo" que permitirán a las CCAA dirigirse al Supremo en caso de discrepancia sobre las herramientas aplicadas una vez terminado el estado de alarma, no han contado con la tramitación necesaria para la materia.

En el Pleno del propio Consejo, celebrado el pasado 17 de diciembre de 2021, se instó al Congreso de los Diputados a solicitar al CGPJ un informe sobre la polémica reforma legislativa que recortó funciones al órgano de gobierno de los jueces, una vez estuviese prorrogado.

Entonces, igual que ahora y "con fundamento en la defensa de la posición constitucional que el CGPJ tiene en nuestro Estado de Derecho como garante de la independencia judicial" los vocales demandan que toda iniciativa legislativa -"cualquiera que sea su origen"- que "delimite los aspectos esenciales del estatuto de los miembros del poder judicial o que afecte al estatuto o a las funciones de los miembros del órgano de gobierno del poder judicial, deba tramitarse dando audiencia a todos los sectores implicados".

Y eso pasaba por incluir "al propio CGPJ y a la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia, Consejo de Europa) así como a las asociaciones judiciales, de fiscales, los Consejos profesionales y a los sindicatos con implantación en la Administración de Justicia y las Comunidades Autónomas"

"A falta de audiencia", han lamentado quienes suscriben el voto particular, "no lo desconoce el papel del Consejo General del Poder Judicial como garante de la independencia de jueces y magistrados, sino que también le impide pronunciarse sobre la adecuación de la reforma propuesta a los principios constitucionales y a los estándares europeos de todo Estado de Derecho, basados en el principio de separación de poderes según se han definido en el Derecho de la Unión Europea y en los dictámenes de la Comisión de Venecia.

En auxilio del Supremo

Los miembros del Consejo críticos con el decreto del Gobierno que motiva su pronunciamiento han expresado "su profundo malestar por no haber podido emitir un informe sobre las reformas procesales mencionadas, lo que haba contribuido no solo al correcto funcionamiento del diálogo institucional sino que habría podido ser de utilidad al Gobierno de la Nación para el adecuado cumplimiento función, y quizás habrían evitado algunos de los problemas que se han suscitado". 

Además, han salido en defensa del Supremo porque, a su juicio, la urgencia del Gobierno en aprobar una decisión ejecutiva que modifica "el recurso de casación" fuera del "procedimiento ordinario de tramitación parlamentaria" no evitará "las distintas interpretaciones y aproximaciones judiciales al marco sanitario estatal aplicable que se seguirán produciendo", sin posibilidad de que la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal "pueda entrar a conocer de las mismas y pueda fijar jurisprudencia" sobre las medidas sanitarias "restrictivas o limitativas de derechos fundamentales".