| 24 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Irene Montero junto a la consellera de Justicia, Gabriela Bravo
Irene Montero junto a la consellera de Justicia, Gabriela Bravo

La chapuza de Montero podría beneficiar a 25 agresores sexuales en la Comunitat

Las Audiencias Provinciales están revisando 25 sentencias que podrían suponer rebajas de penas a los condenados por la aplicación de la Ley 'sólo sí es sí'

| Sonia García Edición Valencia

El error en la nueva Ley de Libertad Sexual, conocida como sólo sí es sí promovida por el Ministerio de Irene Montero, está obligando a revisar las penas de los agresores sexuales condenados. En la Comunidad Valenciana las Audiencias Provinciales están estudiando hasta 25 sentencias por delitos sexuales, según los datos provisionales facilitados por el Tribunal Superior de Justicia autonómico.

Este fallo en la forma de la norma y la falta de concreccion a través de disposiciones transitorias que no dispone son las cuestiones que están llevando a una interpretación confusa por parte de los jueces. Ya no se distingue entre abuso sexual y agresión sexual al establecer también que la agresión no necesita violencia o intimidación para serlo. 

En consecuencia, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/22 está causando un efecto inverso; en lugar de proteger a la víctima, algunos reos pueden verse beneficiados, pues la pena mínima para este tipo de delitos se ha rebajado. Con esta Ley la horquilla va desde los cuatro a los doce años, en lugar de desde los seis a los doce como hasta ahora. Cuando se produce una modificación que puede beneficiar a los penados, estos pueden solicitar su aprobación. 

Es lo que ha ocurrido en las tres provincias del territorio valenciano. Las Audiencias Provinciales de Castellón, Alicante y Valencia están revisando por solicitudes de penados un total de 25 sentencias: cuatro en la Audiencia de Castellón, 19 en la de Valencia y dos en la de Alicante.

En 14 de estos casos ya se ha dado traslado a la Fiscalía y las partes personadas para que se pronuncien sobre si procede la modificación de las penas en aplicación de la ley.

Una vez recibidos los informes de las partes, los tribunales dictarán las resoluciones que procedan.