| 20 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El CJC afea a Puig las reversiones ideológicas y Oltra presume de subrogar bien

El órgano estatutario cuestiona el argumento político del Botànic para las reversiones y reclama datos y parámetros objetivos sobre la necesidad de dichas medidas.

| Vicente Climent Edición Valencia

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) no es el primero en poner acento en la cuestionable necesidad de las reversiones socio-sanitarias, y más concretamente las hospitalarias, como la de La Ribera. Recuérdese a tal efecto el informe de la Sindicatura de Comptes (SC) que revela que las concesiones hospitalarias salen un 25% más baratas a la Conselleria que la gestión directa. CJC y SC son órganos que forman parte de la Generalitat. 

Pero es que además nada menos que el ex presidente del Supremo y del Constitucional, Pascual Sala, explicaba hace unos meses en Valencia Plaza que a partir de ahora habrá que “demostrar” que la “prestación pública directa va a ser más eficaz y más eficiente que la privada. Y esto, insisto, no basta con alegarlo sino que el derecho europeo lo que exige es demostrarlo”.

En el mismo medio Gonzalo Fernández (FESP-UGT) declaraba recientemente que “hay una parte del Gobierno que entiende que rescatar mucho es de ser muy 'progre', pero creo que progre es quien hace políticas sociales, refuerza el Estado del Bienestar, no es cortoplacista en sus políticas y además es eficaz y eficiente (…) Uno ha de rescatar cuando puede mantener el servicio; y esta comunidad debe 43.000 millones”.

Pues bien, el CJC, en su dictamen sobre la Ley de Acompañamiento a los presupuestos de la Generalitat para 2019, adelantado por Levante, pide a la Generalitat que se exija expresamente en los expedientes de contratación en los que se procede a la reversión del servicio público “la emisión de un informe que justifique con datos y parámetros objetivos la necesidad de dicha reversión”. Es decir, que no se adopten estas medidas por ideología -como siempre argumentó la entonces consellera Carmen Montón- o lo que sería peor, por capricho.

Problema con los trabajadores

¿Y por qué? Pues, entre otras cosas, porque en la citada Ley de Acompañamiento se contempla la condición de “personal a extinguir” para los trabajadores de la concesión rescatada, pero con la peculiaridad de que se podrán jubilar en sus actuales puestos de trabajo. De hecho un reciente informe de Abogacía insiste en que los puestos ocupados por personal a extinguir no pueden ser sacados a convocatoria pública. Es decir, para no contravenir los derechos laborales de estos empleados se les va a convertir en pseudo-funcionarios sin necesidad de superar un concurso-oposición para sus plazas, lo que genera agravios y lesiona derechos de los funcionarios reales.

Además, según el CJC, esta fórmula “puede dar lugar a una vía alternativa de selección de personal” de la Generalitat. Se calcula que unos 7.500 durante los próximos años. Para el órgano consultivo la mejor fórmula hubiera sido la de crear una mercantil para subrogar al personal sin tener que echar mano del modelo “a extinguir”.

Mónica Oltra saca pecho

En su tradicional rueda de prensa de los viernes como portavoz del Consell la vicepresidenta Mónica Oltra (Compromís) ha puesto como ejemplo a seguir para encontrar una “solución uniforme” para el personal a extinguir que pase a la Generalitat el método que su conselleria -de Igualdad y Políticas Inclusivas- halló para el centro de salud mental de Albocàsser.

En ese caso el personal que estaba trabajando en la empresa privada ha pasado al IVASS, pero pactando con los trabajadores una cláusula que dice que cuando se saquen sus plazas a oposiciones deberán presentarse si las quieren, contabilizando los años trabajados pero teniendo que pasar las correspondientes pruebas selectivas, para las que no se establece un plazo temporal.

En La Ribera, Carmen Montón (PSPV) se comprometió -cuando era consellera de Ximo Puig y se produjo el fin de la concesión- a que los trabajadores se jubilaran en sus puestos, origen del problema que ha estudiado el CJC.