| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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¿Cuáles son las excepciones en las medidas de seguridad para esta Navidad?

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado las excepciones para las fiestas navideñas que afectarán especialmente a los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 de enero.

| Redacción Valencia Edición Valencia

Las próximas fechas navideñas estarán marcadas por celebraciones distintas a las habituales, ahora caracterizadas por las pequeñas reuniones en casa en compañía de los más cercanos. Los grandes eventos y celebraciones este año no serán posibles debido a la pandemia, e incluso las cabalgatas serán estáticas con acceso controlado para respetar las normas establecidas con el objetivo de evitar rebrotes de Covid-19.

Estas son las excepciones que el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado y que afectan a la movilidad, al toque de queda y a las reuniones en los días señalados de Navidad -24, 25, 26, 31 de diciembre y 1 de enero-: 

Reuniones 

En los encuentros familiares para la celebración de comidas y cenas navideñas de los días puntuales 24, 25,26, 31 de diciembre y 1 de enero podrán juntarse un máximo de 10 personas, salvo que se trate del mismo grupo de convivientes.

En el resto de reuniones las restricciones se mantienen iguales. En los espacios privados se seguirá la regla de "máximo 6 personas" cuando se trata de individuos no convivientes. Además, queda aclarado que, en encuentros formados por personas del mismo círculo de convivientes y personas externas, el máximo sigue siendo 6 personas

Los grupos de personas en espacios públicos deben ajustarse al número máximo establecido de 6 personas, sin embargo, en caso de tratarse de personas convivientes este número de personas podrá ser mayor siempre y cuando se respeten las indicaciones establecidas por las dependencias de los espacios públicos. 

No obstante, las recomendaciones pasan por evitar las reuniones en las que participen más de dos grupos diferentes de convivientes. 

Toque de queda 

En los días marcados -24, 25, 26, 31 de diciembre y 1 de enero- el toque de queda disminuye, habilitando hasta la 01:30 la posibilidad de circulación "únicamente para regresar al domicilio". Sin embargo, el resto de días la limitación permanece de 00:00 a 06:00 horas. 

Movilidad

De la misma manera, en los días especiales se autorizan los desplazamientos justificados, así como los desplazamientos a las residencias habituales de familiares o personas allegadas, a pesar de que el confinamiento perimetral de la Comunidad Valenciana queda prorrogado hasta el 15 de enero. 

Hostelería

En lo que se refiere a restauración y hostelería, se amplia el horario de cierre a las 01.00 horas los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 de enero. En este sentido, y siguiendo las normas establecidas para las reuniones, las mesas se pueden ocupar por un máximo de 6 personas de distintos círculos y por un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de mesas en el caso de familiares y allegados. 

Este tipo de establecimientos deberá mantener el límite de aforo del 50% y la restricción de no más de 150 personas.

Lugares de culto

Respecto a los lugares de culto dispuestos para reuniones y celebraciones religiosas las limitaciones se mantienen: solo se permite el 30% del aforo.

Por otro lado, los eventos y las celebraciones al aire libre no podrán superar el aforo máximo del 50% y no podrán concentrar a más de 150 personas. 

Mercadillos de Navidad

Este tipo de mercados y ferias solo permitirán el establecimiento del 50% de los puestos habituales, o el aumento del espacio para el establecimiento de un mayor número, siempre y cuando respeten las medidas de seguridad. En este sentido, se ha informado de que es posible reducir el aforo de los visitantes al 50% y así mantener el número de puestos habituales.