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Las Cortes del Reino de Valencia (I): convocatoria y solio de apertura

Las Cortes valencianas o Corts del Reino de Valencia forma parte de las señas de identidad del pueblo valenciano. Poseían un ceremonial y un lenguaje propio y complejo que debía respetarse

| Carlos Mora * Edición Valencia

Las Cortes valencianas o Corts del reino de Valencia son, sin duda, la institución foral más famosa, la cual, como fundamento inherente de su tradicional autonomía, forma parte de las señas de identidad del pueblo valenciano.

Estas poseían un ceremonial y un lenguaje propio y complejo que debía respetarse, magníficamente sintetizado en el Tratado de la celebración de Cortes generales del reino de Valencia (1677) del jurista valenciano Lorenzo Matheu y Sanz, testimonio directo de la historia y funcionamiento de las mismas. Trataremos sobre tales aspectos, mucho menos conocidos, en la presente serie de artículos.

Las Corts se situaban en la cúspide de la concepción pactista en las relaciones entre rey y reino al mediatizar y compartir con este el poder legislativo. A su vez, constituían la expresión más perfecta del cuerpo político del reino: «La congregación de el Pueblo universal de todo el Reino, llamado por su rey, para tratar y resolver lo que conviene al buen gobierno, y servicio de Su Magestad». Se celebraban «para aconsejar al supremo señor, y para consentir en la contribución de los gastos que se le ofrecen». Sin duda, fue la necesidad de dinero por parte del rey la justificación principal de su convocatoria. Cantidades que debían negociarse y que exigían contrapartidas.

Su celebración contaba con numerosos requisitos forales previos. En primer lugar, debían ser convocadas por el rey, aunque en casos de urgente necesidad el primogénito (o el primogénito de este) podía tomar su lugar. También podían hacerlo otros miembros de la estirpe real o lugartenientes generales para casos todavía más excepcionales, como las convocadas por la reina María de Castilla en 1435 para pagar el rescate de Alfonso V de Aragón, capturado tras la batalla de Ponza.

Por fuero, el rey estaba obligado a convocar Cortes cada tres años, algo imposible de cumplir para este, con múltiples asuntos que atender. Por si fuera poco, también se disponía que debía convocarlas en el primer mes de su reinado, para jurar los fueros del reino y ser debidamente reconocido (y obedecido) como soberano. Son numerosos los ejemplos en que esto se incumplió, hasta que en las Cortes de 1626 se relajó esta obligación, comprometiéndose el rey a cumplirla tan pronto como «ho permetran los negocis de la universal Monarchia».

El lugar de convocatoria debía estar situado dentro de los límites territoriales del reino. Este requisito no se respetó siempre, particularmente cuando se celebraban en un solo lugar las Cortes generales de la Corona de Aragón, acogiendo la mayoría de ellas la villa aragonesa de Monzón.

Frente a todos estos defectos forales el reino expresaba sus protestas, para después, una vez registradas, condescender en la mayoría de ocasiones. Se trataba de la tónica habitual en todo el proceso, para impedir sentar un peligroso precedente que pudiera lesionar posteriormente sus intereses: «Haziendo sus protestas para preservar sus fueros, y privilegios; que es prudente modo de obedecer, sin perjudicarse».

Elegido día y lugar, correspondía al batlle (baile) general distribuir, en debida forma, las cartas de convocatoria. A las Corts acudían los miembros de los estamentos del reino en representación de este, los llamados brazos, que eran tres: el real, el eclesiástico y el militar. Los oficiales reales no podían formar parte de ellos.

El brazo eclesiástico lo integraban el arzobispo de Valencia, el lugarteniente general de Montesa, obispos, abades y comendadores de las órdenes militares; alrededor de una veintena de individuos. Debían hacerlo a título personal o nombrar sus correspondientes procuradores. Aunque no fuesen naturales del reino eran admitidos, pero si nombraban procuradores, estos sí debían ser valencianos.

Este brazo poseía precedencia protocolaria sobre el resto, como veremos más adelante. Su primera voz, es decir, el primero en hablar entre ellos y por tanto, con la posibilidad de orientar sus pareceres, era el arzobispo de Valencia.

El brazo real lo formaban los síndicos y procuradores de las ciudades y villas reales, pero no todas, sino aquellas con privilegio de asistencia y voto. Asistían, por tanto, las cuatro ciudades (Valencia, Xàtiva, Orihuela y Alicante) y hasta 29 villas, entre ellas, Caudete, que actualmente forma parte de la provincia de Albacete. Su primera voz era el jurat en cap (jurado primero) de la ciudad de Valencia.

En el brazo militar podían participar todos los nobles, generosos y caballeros valencianos. Existía la posibilidad para los foráneos de naturalizarse en el reino, pero solo si obtenían el consentimiento de los tres brazos. No se admitían procuradores, por lo que se debía acudir personalmente, con ciertos límites de edad: los menores de 14 años podían ser habilitados para asistir a las reuniones, pero hasta los 20 años no podrían votar. Además de sus propias personas, se consideraba que representaban también a todos los vasallos de sus posesiones.

En el militar no había primera voz, al menos oficialmente: «Todos se reputan por iguales». Si bien algunos nobles podían ostentar varios títulos, como el duque de Gandía, que era también marqués de Llombai, solo tendrían un voto: «En nuestro Reino a nadie se le concede tener dos vozes».

A pesar de los esfuerzos del rey por limitar en lo posible su número, este no dejó de crecer a lo largo del tiempo, de forma que en el siglo XVII eran ya más de 300. Y eso que no entraban a formar parte de él los caballeros de las órdenes militares, porque estaban representados en el eclesiástico. Una de las medidas que se llevaron a cabo fue la de conceder caballeratos sin voto en Cortes.

Una vez convocadas, existía la posibilidad de prorrogar la fecha hasta un máximo de 40 días si las circunstancias impedían la presencia del rey. No obstante, se consideraba que no podía realizarse sin el consentimiento de los brazos, por lo que cuando se anunciaba la prórroga, se protestaba protocolariamente, para después aceptar el retraso, y así sucesivamente.

A la llegada del rey tenía lugar el solio de apertura. Se realizaba un acompañamiento ritual desde que este descendía de la carroza hasta el templo o sala engalanada para la asamblea, donde se situaba un trono majestuoso, de muchas gradas con ricas colgaduras y alfombras. El rey subía a lo alto de esta construcción efímera bajo dosel y el graderío inferior era ocupado por los ministros reales, los Grandes y los criados mayores de la Casa Real. Delante del trono, cerrando el espacio, se disponían tres lados de bancos rasos: a la derecha se sentaba el brazo eclesiástico, a la izquierda el militar y justo enfrente, el real.

Se procedía entonces a la lectura, en valenciano, de la proposició (proposición) real, un documento donde el soberano explicaba  los motivos por los cuales les había convocado, además de expresar su voluntad de «concederles saludables fueros... para que le sirvan con lo más que pudieren». A esta proposición respondían protocolariamente los brazos, pero solo hablaba la primera voz del eclesiástico, celebrando la presencia real y su disposición a debatir sobre lo propuesto.

También era el momento de suplicar al rey que jurase la observancia de los fueros del reino si eran sus primeras Cortes para recibir a cambio su juramento de fidelidad: «Que están promptos de jurarle, como les jure sus fueros».

Todo estaba dispuesto para el comienzo de los debates.

*Doctor en Historia-UV. Dottore di ricerca-UniCa