| 27 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Así es ya ley 'antiokupas'

Se acabó okupar y que el dueño corra con los gastos sin poder utilizar su vivienda en meses o años. La nueva ley acelera los desahucios obligando a dictar sentencias en un plazo de 20 días.

| ESdiario Opinión

Okupar  una vivienda y tener más derechos después que el propio dueño tiene los días contados. El contrasentido, que afecta sólo en el centro de Madrid a 300 propietarios de distintas viviendas y a miles en toda España, puede encontrar antídoto inmediato en una ley ya en vigor desde hoy para acabar con este fenómeno.

Y es que la Comisión de Justicia del Congreso ha puesto ya en marcha la proposición de ley del PDeCAT que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil con el fin de acelerar el proceso para agilizar el fin de la ocupación ilegal de una vivienda en determinados supuestos de propiedad.

Sólo Podemos y PSOE se oponen a una ley reclamada por los propietarios que les devolverá sus casas en un máximo de 20 días

La iniciativa, una vez enmendada, ha contado con el respaldo del PP, Ciudadanos y el PNV, mientras que el PSOE, Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, ERC y Compromís han votado en contra. El texto ha sido remitido al Senado para completar su tramitación.

Finalmente los socialistas se han descolgado de un texto que, en gran medida, habían acordado y respaldado en la fase de ponencia, lo que ha sido afeado por diferentes grupos durante el debate en Comisión. Según alegan, el resultado "final no tiene medidas concretas contra los extorsionadores, sino contra los ocupantes".

La ley ha acabado definiéndose como una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil "en relación con la ocupación ilegal de inmuebles", pese a que en un primer momento fue presentada como una modificación para regular "un procedimiento específico para garantizar la posesión de viviendas titularidad de propietarios personas físicas y para asegurar a las entidades sociales y a las administraciones públicas la disponibilidad de las viviendas en su haber destinadas a alquiler social".

En la votación de enmiendas en la Comisión se han excluido del proceso de desahucio exprés a las entidades privadas y gestoras de un fondo de viviendas destinadas al alquiler social, que venían incluidas en el texto aprobado por la ponencia, lo que abría la puerta a que entidades financieras o fondos buitre pudieran acogerse a estos procedimientos.

Según la propuesta finalmente aprobada, podrán pedir "la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento" las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y "entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social".

Sentencia en 20 días

En este caso, se trasladará una notificación a los ocupantes, extensible a aquellos que en ese momento no se encuentren en la vivienda. Desde entonces, se exigirá a estos ocupantes que justifiquen la situación de posesión. Ante esto, "exclusivamente" podrán fundamentar su oposición a la demanda en "la existencia de título suficiente para poseer la vivienda o en la falta de título" por parte del demandante.

 

 

En caso de no aportarse "justificación suficiente, el tribunal ordenará mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda". Contra este auto, reza la ley, "no cabrá recurso alguno y se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda".

Asimismo, también se dictará sentencia "de inmediato" en caso de que el demandado no contestara al requerimiento en el plazo previsto de cinco días. La ley, además, posibilita la ejecución, si así lo solicitara el demandante, sin la necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Identificación del okupa

La ley contempla la comunicación "a los servicios públicos competentes en materia de política social" en diferentes fases del proceso "si procediera su actuación", aunque no de oficio sino una vez se obtuviera consentimiento de "los interesados".

En la actualidad, un dueño de un piso puede quedarse sin él durante meses e incluso ser denunciando por el okupa que no paga

La primera de ellas, en caso de identificarse a los ocupantes al efectuar la notificación de la demanda, al acordarse la entrega de la posesión de la vivienda y el desalojo y también cuando se fije la fecha para ejecutar el desahucio. Al acordar la entrega de la posesión, se fija un plazo de siete días para que estos servicios públicos puedan "adoptar las medidas de protección que en su caso procedan".

Sin embargo, la proposición de ley no garantiza la alternativa habitacional para los desahucios de estas ocupaciones y no tiene definidas medidas concretas para aquellos casos en los que las personas desahuciadas se encuentren en una situación de vulnerabilidad.

Establece, eso sí, la obligación de las administraciones públicas de incorporar en sus protocolos de vivienda "medidas ágiles de coordinación y cooperación al objeto de prevenir situaciones de exclusión residencial", con el fin de "dar respuesta adecuada y más lo más inmediata posible" a casos de vulnerabilidad.

Estos protocolos, subraya esta medida incluida en una disposición adicional, "garantizarán la creación de registros" donde incorporar "datos sobre el parque de viviendas sociales disponibles para atender a personas o familias en riesgo de exclusión".

La extraña posición de Podemos

Pese al apoyo político y social a la medida, un grupo político se opone a ella con un argumento sorprendente. Según Podemos  la proposición de ley  abre la puerta a que los bancos y fondos buitre pudieran acogerse a este procedimiento de desahucio 'exprés'. Según han denunciado a Europa Press desde el grupo confederal, entre las entidades que pueden acogerse a este nuevo procedimiento figuran "entidades titulares o gestoras de un fondo de viviendas destinadas a alquiler social al que pertenezca el inmueble que no gocen de privilegios administrativos para recuperar la posesión".

"Eso son bancos y lo que haga falta", según la portavoz de En Comú, Lucía Martín, que denuncia que esta posibilidad no constaba en la propuesta original, del PDeCAT, ya que esta se limitaba a facilitar los desalojos en entidades públicas y ONG. En realidad, la ley es muy tajante y ante todo protege a los ciudadanos individuales de invasiones indeseadas.