| 23 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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Los seis exconsejeros y exaltos cargos del PSOE de la Junta que están entre rejas.
Los seis exconsejeros y exaltos cargos del PSOE de la Junta que están entre rejas.

Los presos de los ERE piden revisar sus condenas y rebajarlas a simples multas

La modificación del delito de malversación de Sánchez puede beneficiar a los socialistas de la corrupción en Andalucía, sus penas de cárcel se pueden convertir en inhabilitaciones y multas.

| Manuela Herreros Andalucía

No se han cumplido ni dos meses desde que los condenados por los ERE fraudulentos entraron en prisión, condenados por la corrupción del Gobierno socialista en la Junta de Andalucía, y todo apunta a que el cumplimento de sus penas no será por mucho tiempo. El ejecutivo de Pedro Sánchez negó que los corruptos de los ERE se fueran a beneficiar de la modificación del delito de malversación en el Código Penal, pero la realidad es que se lo ha puesto en bandeja y empiezan las primeras peticiones de rebajas de condenas.

Es el caso de la primera que puso un pie en un centro penitenciario, la exconsejera de Hacienda del PSOE, Carmen Martínez Aguayo, que entró en prisión el pasado 29 de diciembre en cumplimiento de la condena de seis años y dos días de cárcel que le impuso la Audiencia de Sevilla por un delito de malversación en el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. La defensa de Aguayo ha pedido a dicha instancia la revisión de la condena en base a la reciente reforma del delito de malversación; "revocando la condena de prisión impuesta y manteniendo como única pena la de inhabilitación especial".

También solicita revisión de su condena el exdirector general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, condenado a una pena de seis años, seis meses y un día de prisión por el mismo asunto y también cumpliendo ya su pena.

Las condenas de los ERE acabarán en penas de inhabilitación

Como ha ocurrido con la Ley del 'sólo sí es sí' en la que más de 500 agresores sexuales han conseguido rebajar sus condenas, en el caso de los malversadores irá sucediendo lo mismo. De hecho antes que la exconsejera Aguayo y el exdirecto Serrano, ha sido el exdirector de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo, el que ha pedido que se le apliquen estos beneficios y todo apunta a que el resto de los exconsejeros y exaltos cargos que están entre rejas sigan los mismos pasos.

La corrupción de los ERE y las condenas de los tribunales después de años de investigación y un dilatado proceso judicial, puede quedarse en nada, en simples inhabilitaciones para los que dilapidaron unos 700 millones del dinero público.

 

En concreto, la exconsejera Aguayo fue condenada a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno continuado de malversación. Pero ahora, según la defensa, "el tipo delictivo por el que ha sido condenada de modo principal o con pena más grave, el artículo 432 del Código Penal, ha sido modificado con un tratamiento más favorable para los hechos enjuiciados".

Así lo expresa la defensa de la exconsejera socialista que señala: "atendiendo a la continuidad y la relación concursal medial con la prevaricación, y partiendo de la modalidad de malversación del artículo 433 del Código Penal no agravada, la pena imponible por dicho delito sería de inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses", considera la defensa, reclamando revisar la condena merced a los motivos expuestos, revocarla parcialmente y absolver a Martínez Aguayo del delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal, "para que se "la condene por un delito del actual artículo 433, en su modalidad no agravada, en concurso medial con el delito de prevaricación; revocando la condena de prisión impuesta y manteniendo como única pena la de inhabilitación especial".

Las puertas de las celdas se abren para los corruptos

Del mismo modo, el ex director general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, condenado a una pena de seis años, seis meses y un día de prisión por el mismo asunto y también cumpliendo ya su pena, ha solicitado igualmente la revisión de su condena, considerando que "la conducta descrita en los hechos probados ha de ser subsumida, en todo caso, en el vigente artículo 433 del Código Penal".

"Puesto que en la relación de hechos probados no se describe que la desviación presupuestaria haya causado grave daño al servicio al que originariamente estaban adscritos los caudales malversados (cubrir la cuenta de ganancias del Ifa/Idea), la pena a imponer, tras la revisión, deberá moverse en inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses, sin que proceda privación de libertad", considera la defensa.