El Supremo frena a Hacienda: no podrá negar devoluciones por prescripción si una sentencia demuestra que el pago fue indebido

El alto tribunal fija doctrina y carga contra la Agencia Tributaria por ignorar resoluciones judiciales en casos donde ella misma inició el litigio.

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Nuevo tirón de orejas del Tribunal Supremo a Hacienda. La Corte ha dictaminado que la Administración no puede rechazar la devolución de impuestos a un contribuyente alegando que ha prescrito el plazo, cuando es una sentencia la que confirma que el ingreso nunca debió producirse. El fallo refuerza la seguridad jurídica de los ciudadanos frente a las actuaciones del fisco.

El origen del caso: una inspección y un pago “cautelar”

Todo comenzó en 2008, cuando la Agencia Tributaria abrió una inspección a una empresa por considerar que había deducido indebidamente el IVA de dos facturas supuestamente falsas. La compañía pagó de manera preventiva 156.000 euros para evitar problemas mayores. Poco después, Hacienda envió el caso a los tribunales al entender que podía tratarse de un delito de falsedad documental.

La absolución que Hacienda intentó ignorar

En 2016, un Juzgado de lo Penal absolvió a la empresa al no encontrar pruebas de fraude. Sin embargo, en lugar de cerrar el asunto, Hacienda reactivó la inspección y negó la devolución del dinero. Su argumento: habían pasado más de cuatro años desde el ingreso y, por tanto, la devolución había prescrito.

El fallo sienta jurisprudencia: en adelante, Hacienda no podrá escudarse en la prescripción cuando la devolución dependa de una resolución judicial

El Supremo fija doctrina y limita al fisco

El Supremo tumba esa tesis: el plazo de prescripción no empieza cuando se paga, sino cuando el contribuyente sabe que ese pago fue indebido, algo que en este caso ocurrió con la sentencia absolutoria. La Corte recuerda que fue la propia Administración quien inició el procedimiento penal y quien participó activamente en él, por lo que no puede desentenderse del resultado.

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Impacto en miles de reclamaciones futuras

El fallo sienta jurisprudencia: en adelante, Hacienda no podrá escudarse en la prescripción cuando la devolución dependa de una resolución judicial. Expertos en derecho fiscal señalan que esta doctrina refuerza la seguridad jurídica de los contribuyentes y evita que la Administración obtenga un “enriquecimiento injusto”.