El Supremo avala que el Estado reduzca las prórrogas a los chiringuitos de playa

El alto tribunal respalda que Costas pueda limitar las concesiones en la arena por motivos paisajísticos, incluso en negocios anteriores a 1988.

chiringuitoGetty Images

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Supremo ha puesto orden en una cuestión delicada: las prórrogas de los chiringuitos y restaurantes ubicados en dominio público marítimo-terrestre. En una sentencia del 24 de septiembre, el alto tribunal ha confirmado que la Administración puede reducir la duración de esas concesiones si afectan al paisaje o al interés general.

El fallo afecta especialmente a los negocios históricos, anteriores a la Ley de Costas de 1988, que gozaban de prórrogas extraordinarias. Desde ahora, podrán ser acortadas cuando Costas justifique su impacto ambiental o visual, aunque el empresario tuviera derecho inicial a treinta años más.

Fin del blindaje histórico

El caso parte de un restaurante de 229 metros cuadrados en una playa de Mallorca. Su propietario pedía ampliar la concesión otros treinta años, pero la Dirección General de Costas solo le concedió quince, al considerar que la construcción alteraba el entorno. El Supremo da la razón al Ejecutivo y avala la decisión.

El tribunal recuerda que la Ley de Costas prohibió ya en 1988 mantener negocios junto al mar si podían ubicarse en otro lugar, aunque permitió excepciones temporales. La reforma de 2013 amplió los plazos hasta 75 años, pero el reglamento actual limita a 30 las prórrogas de las actividades de restauración.

El paisaje como argumento legal

El Supremo deja claro que el impacto paisajístico es motivo suficiente para recortar una concesión. No hace falta que el negocio contamine o incumpla la ley: basta con que distorsione el entorno costero.

El fallo también valida los informes emitidos por los ayuntamientos cuando se trate de cuestiones urbanísticas o medioambientales. En el caso mallorquín, fue el consistorio el que advirtió del daño visual en la playa, y su criterio bastó para que Costas limitara la prórroga.

Un aviso para los empresarios del litoral

La sentencia marca un precedente importante: las concesiones antiguas no son derechos perpetuos, y la Administración puede acortarlas por razones de interés público. En la práctica, el fallo abre la puerta a revisar parte del mapa de chiringuitos y restaurantes de playa.

Cargando contenidos...

El mensaje del Supremo es claro: el paisaje también es un bien jurídico protegido. Y aunque el verano sea eterno, las licencias en primera línea ya no lo serán.