¿Haces esto en el trabajo? Este gesto cada vez más común puede llevarte al despido laboral
Comprar entradas o realizar gestiones personales durante el horario laboral puede suponer un incumplimiento de las obligaciones profesionales
Foto de archivo de una persona trabajando.
Una práctica cada vez más extendida en puestos de trabajo es la de comprar entradas para conciertos u otros tipo de espectáculos, especialmente en momentos de alta demanda el día en el que salen. Este tipo de actos está generando advertencias desde el ámbito jurídico. Se trata de dedicar tiempo de la jornada laboral a gestiones personales como hacer cola virtual para adquirir entradas, una conducta que puede tener consecuencias disciplinarias por parte de la empresa.
El abogado laboralista Juan Manuel Lorente ha explicado en su cuenta de TikTok que este tipo de acciones pueden encajar dentro de las causas de despido disciplinario. "Que levante la mano quien no haya estado en una cola virtual para comprar entradas para el concierto de su cantante favorito mientras estaba trabajando. Bueno, pues mucho cuidadito con esto porque es una razón de despido disciplinario", comentó.
En este sentido, el experto pone el foco en el tiempo efectivo de trabajo. Tal y como señala, si un trabajador se conecta antes de la apertura de venta para esperar en una cola virtual o durante el proceso de compra, "durante ese tiempo no estás trabajando", lo que supone destinar horas retribuidas a una actividad ajena al puesto. Esta circunstancia, añade, puede ser suficiente para justificar una sanción o incluso el despido laboral.
Otro de los aspectos que subraya es el uso de los medios de la empresa. Si la compra se realiza desde un ordenador corporativo y la normativa interna prohíbe el uso personal, la compañía puede revisar el historial de navegación. Ese rastro digital permite comprobar qué páginas se han visitado y durante cuánto tiempo, lo que puede servir como prueba en un eventual procedimiento disciplinario.
De acuerdo con estas explicaciones, este tipo de comportamientos pueden ser considerados una falta grave si se acredita que el trabajador ha incumplido sus obligaciones. En ese caso, el despido podría calificarse como procedente, lo que implica la extinción del contrato sin derecho a indemnización.