Multa de 200 euros y 4 puntos: la nueva norma de la DGT para adelantar a ciclistas que ya está en vigor
Los cambios normativos implican una mayor protección en carretera y sanciones más estrictas para los conductores
Ciclistas
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado una serie de modificaciones fundamentales en el Reglamento General de Circulación con el objetivo de reducir la siniestralidad de los usuarios vulnerables en las carreteras españolas.
Entre las medidas más destacadas que ya se encuentran plenamente operativas destaca la regulación específica de la Dirección General de Tráfico para realizar adelantamientos a ciclistas, una maniobra que históricamente ha concentrado un alto porcentaje de atropellos e imprudencias graves en vías interurbanas.
Con este marco normativo actualizado, el organismo dependiente del Ministerio del Interior busca ofrecer una respuesta contundente ante conductas imprudentes que ponen en riesgo la vida de miles de deportistas y aficionados cada fin de semana.
Obligaciones en la carretera y la nueva obligación de reducir la velocidad
Para cumplir estrictamente con las directrices de la Dirección General de Tráfico, todo conductor de turismos y vehículos a motor debe extremar las precauciones al aproximarse a una bicicleta o a un grupo de ciclistas circulando por la calzada.
La ley establece de forma imperativa la obligación de dejar un margen de separación lateral mínimo de 1,5 metros al efectuar el adelantamiento en vías fuera de poblado, además de obligar a ocupar totalmente el carril contiguo de la calzada siempre que existan varios sentidos de circulación. Como gran novedad reglamentaria, los conductores están obligados a reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo establecido en la vía antes de iniciar la maniobra.
Incumplir cualquiera de estas premisas técnicas se traduce automáticamente en una infracción grave tipificada en la normativa de seguridad vial. Conviene recordar que poner en peligro la integridad física de los ciclistas durante la maniobra conlleva una sanción económica directa de 200 euros acompañada de la retirada de 6 puntos del carné de conducir.
Asimismo, la normativa prohíbe tajantemente adelantar a un ciclista si dicha acción obliga a este último a modificar su trayectoria o frenar de manera brusca para evitar una colisión inminente, protegiendo así su derecho preferente de circulación en tramos compartidos de la red viaria nacional.
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Consecuencias de infringir la normativa y vigilancia intensiva de la Agrupación de Tráfico
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensifica periódicamente los controles específicos en carreteras secundarias y puertos de montaña de alta afluencia ciclista mediante el uso de radares móviles, patrullas camufladas y medios aéreos como los helicópteros Pegasus.
Los agentes supervisan minuciosamente que se respete tanto la reducción de velocidad preceptiva como la distancia lateral de seguridad y la prohibición absoluta de adelantar, poniendo en riesgo la fluidez y la seguridad vial.
Adoptar una actitud responsable al volante no solo evita sanciones económicas severas y la pérdida de puntos en el permiso de conducir, sino que resulta vital para garantizar la convivencia pacífica entre los diferentes medios de transporte que comparten las infraestructuras de transporte.
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