tribunales
Condenan a un hombre que entró en una casa y apuñaló, a la altura del corazón, un padre de familia mientras dormía
Cuatro años de prisión y otros cuatro de internamiento psiquiátrico para el hombre que asaltó una vivienda en la Vall d’Uixó y atacó a un matrimonio ante sus cinco hijos menores.
Audiencia Provincial de Castellón
El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que irrumpió de madrugada en una vivienda de la Vall d’Uixó e intentó asesinar al propietario mientras dormía, tras considerar probados los delitos de allanamiento de morada y asesinato en grado de tentativa.
La sentencia, que es firme, aprecia en el acusado una eximente incompleta de enajenación mental, al entender que su capacidad para comprender la gravedad de sus actos estaba seriamente afectada en el momento de los hechos. Por este motivo, además de la pena de cárcel, el tribunal impone una medida de seguridad de internamiento psiquiátrico durante cuatro años para que reciba tratamiento médico adecuado.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de noviembre de 2019, cuando el condenado accedió sin permiso a la vivienda familiar donde dormían un matrimonio y sus cinco hijos, de entre 4 y 17 años. Tras romper la puerta de entrada, el agresor se dirigió directamente al dormitorio del padre de familia y, armado con un cuchillo, le asestó una puñalada en el pecho, a la altura del corazón, además de varios cortes en el tórax y los brazos.
La víctima logró despertarse e inició un forcejeo con el atacante. En ese momento, la mujer se interpuso para proteger a su marido, resultando también herida con cortes en una mano y una pierna, tras lo cual el agresor huyó del domicilio. El hombre herido necesitó tratamiento médico quirúrgico y tardó 180 días en recuperarse. Como secuelas, sufre cicatrices permanentes y un trastorno de estrés postraumático grave, según recoge la resolución judicial.
Además de la pena de prisión y el internamiento, el condenado tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros de las víctimas o comunicarse con ellas durante seis años, y deberá indemnizar al hombre con 24.500 euros y a su mujer con 500 euros por las lesiones sufridas.
El procedimiento se resolvió sin necesidad de constituir el jurado popular, después de que acusaciones y defensa alcanzaran un acuerdo de conformidad sobre los hechos, la calificación jurídica y las penas, que fue ratificado en sede judicial.