Investigación dana
La Audiencia avala la imputación de Salomé Pradas y la jueza sigue rechazando todas las querellas contra el Gobierno
El tribunal avala así el auto dictado el pasado 10 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, en el marco de la causa penal que analiza la respuesta institucional a la emergencia climática.
La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas ofrece declaraciones a los medios a su llegada a declarar, en calidad de investigada ante la Ciudad de la Justicia de Valencia, a 11 de abril de 2025, en Valencia, Comunidad Valenciana (España). La jueza acordó la citación de Pradas porque era la persona que el día de la riada tenía atribuida como máxima autoridad el proceso de adopción de medidas de autoprotección de la población y, respecto a Argüeso, por su "relevancia orgánica’’. Varias personas se han concentrado en las inmediaciones de la Ciudad de la Justicia para exigir justicia por las víctimas. Rober Solsona / Europa Press 11/4/2025
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la decisión de investigar a la exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana, Salomé Pradas, por su posible responsabilidad en la gestión de la dana que arrasó la provincia en octubre de 2024, causando 228 víctimas mortales y daños multimillonarios. Asimismo, la conocida ya como jueza de la dana, sigue rechazando cualquier tipo de querella que se interponga contra el Gobierno y sus órganos gubernamentales, como la Confederación Hidrográfica del Júcar, tal y como demuestras sus dos últimos autos.
El tribunal avala así el auto dictado el pasado 10 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, en el marco de la causa penal que analiza la respuesta institucional a la emergencia climática. La Audiencia rechaza el recurso de la defensa de Pradas, que solicitaba el archivo libre de la causa, y considera que su citación como investigada era "procesalmente inevitable" dado el momento del procedimiento.
En el auto, los magistrados subrayan que existen indicios suficientes para sostener que la exconsellera “contaba o podía contar con la información existente sobre los caudales de agua acumulados por las lluvias torrenciales y las consecuencias que estaban provocando o podían provocar a su paso”. Además, la Sala considera que el escrito recurrido identifica claramente el “deber de actuar” que pesaba sobre la exresponsable del Consell y plantea una hipótesis razonada sobre su posible incumplimiento.
Sin indicios contra Pilar Bernabé ni la CHJ
En paralelo, la Audiencia ha ratificado dos decisiones más de la magistrada instructora. Por un lado, la inadmisión de la querella presentada por la organización Hazte Oír contra el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y otros cuatro cargos del organismo. El tribunal advierte que no se puede abrir una causa penal sin hechos concretos ni responsables identificados, ya que se incurriría en una “investigación prospectiva”, algo prohibido por la ley.
Por otro lado, los jueces también han desestimado el recurso presentado por la asociación Liberum, respaldada por Vox, que pedía la imputación de la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé. La Audiencia reitera que la responsabilidad de activar el mando único durante la emergencia correspondía legalmente a la Generalitat, no al Ejecutivo central, y descarta reproche penal por no haberse solicitado la declaración de emergencia nacional.
Estas resoluciones suponen un nuevo paso clave en una causa judicial que investiga la cadena de decisiones institucionales en uno de los episodios más trágicos causados por un fenómeno meteorológico extremo en España.