| 03 de Marzo de 2024 Director Antonio Martín Beaumont

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La Hostelería del País Vasco se anota la primera victoria judicial contra la administración.
La Hostelería del País Vasco se anota la primera victoria judicial contra la administración.

Duro revés a Urkullu: el TSJPV tumba el cierre de la hostelería y ordena abrirla

Los jueces decretan que bares y restaurantes abran este miércoles e inician la vía a demandas similares en toda España. El PNV carga contra Moncloa por los agujeros de su estado de alarma.

| Javier Ruiz de Vergara España

La hostelería se ha anotado este martes su primera victoria sobre los políticos. De momento, el mazazo judicial se lo lleva el Gobierno Vasco, pero la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha abierto la vía a decenas de demandas similares en el resto de comunidades autónomas.

Justo a la misma hora en que miles de representantes del sector protestaban frente al Ministerio de Hacienda, los magistrados del alto tribunal vasco han tumbado el decreto de restricciones del lehendakari Íñigo Urkullu, que obliga al cierra automático de los establecimientos en los municipios en la llamada zona roja, aquellos que superan la Incidencia Acumulada de 500 casos por cada 100.000 habitantes.

La resolución ha provocado una primera reacción del PNV: culpar a Pedro Sánchez por los vacíos legales de su estado de alarma y la imposibilidad de la autonomías a aplicar con cobertura legal sus propias restricciones.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV ha adoptado esta medida cautelar solicitada el pasado 4 de febrero por los hosteleros vascos a través de un recurso en el que reclamaron que se eliminara la medida decretada por el Ejecutivo de clausurar bares y restaurantes en localidades de más de 5.000 habitantes en los que la tasa de IA de casos positivos por Covid en los últimos 14 días fuera igual o superior a 500 por cada 100.000 habitantes. Esta restricción se extendía también a municipios más pequeños con alta incidencia del virus.

Los jueces han decidido, de forma provisional, aceptar la reclamación de las Asociaciones de Hostelería de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, a la espera de entrar en el fondo del asunto y tomar una decisión definitiva.

Pese a la posibilidad de su reapertura, determinada por el TSJPV, los establecimientos hosteleros deberán mantener otra serie de restricciones y obligaciones establecidas por el decreto del Gobierno Vasco, como el cierre a las 20.00 horas y apertura a las 6.00 horas, mantener un aforo reducido del 50%, garantizar la distancia de metro y medio entre personas sentadas en mesas diferentes, la agrupación de clientes por mesa con un número máximo de cuatro clientes, y la prohibición de consumir en barra o de pie.

Los argumentos del auto: no hay relación

El auto difundido este martes señala que, "ciertamente, en los muy numerosos municipios de la denominada zona roja, el cierre de las actividades hosteleras es total hasta que salgan de esa situación, con lo que, al carecer de ingresos, se genera un grave quebranto económico" para los bares y restaurantes.

 

Hosteleros este martes, frente al Tribunal Superior de Justicia del País, su resolución.

 

"Es notorio y resulta muy difícil la reparación ante la realidad del cierre definitivo de un número no desdeñable de negocios, de forma tal que una posible indemnización futura, de producirse, no restablecería la situación fáctica actual", asevera.

La resolución judicial alude al informe de la Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco de 3 de febrero de 2021, que recoge "que la incidencia mínima" del virus se produjo el 27 de diciembre de 2020, "iniciándose después una escalada que lleva a la situación actual que, al parecer, se encuentra en una ligera bajada".

"Lo cierto es que para esa fecha, con importantes limitaciones, la hostelería llevaba abierta 15 días. No es un periodo muy amplio, pero sí supera los 10 días de aislamiento actualmente exigidos para positivos y contactos de positivos, y los 14 días de incidencia acumulada, sin que tal incidencia se elevase lo más mínimo", apunta.

Por ello, cree que la primera conclusión a la que ha de llegarse es que "no aparece con claridad la influencia de la apertura de los establecimientos hosteleros con el elevado nivel de incidencia del virus tras la celebración de la Navidad".

Asimismo, subraya que la apertura de bares y restaurantes "queda sometida a importantes medidas de corrección de la actividad que permiten minimizar los riesgos de su desarrollo para la salud pública".

"En definitiva, la conjugación de los intereses en conflicto hace que la Sala entienda que la apertura de la actividad hostelera, en las condiciones antes dichas, no aparece en este momento como un elemento de riesgo cierto y grave para la salud pública, por lo que se accede a la medida cautelar en estos términos", defienden los magistrados.