| 25 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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 La juez Concepción Espejel Jorquera durante el juicio al mayor de los Mossos
La juez Concepción Espejel Jorquera durante el juicio al mayor de los Mossos

El demoledor voto particular de Espejel que acusa a Trapero de sedición

La presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia ha firmado un escrito de 461 páginas en el que considera que el mayor de los Mossos era un cómplice necesario para la celebración del 1-O

| A. Jiménez España

El exjefe de los Mossos, Josep Lluis Trapero, queda absuelto y libre, pero no por unanimidad, sino que la propia presidenta de la Sala de lo Penal, Concepción Espejel, ha emitido un voto particular discrepante que considera que era el cómplice necesario para que se pudiera celebrar el referendum ilegal del 1-O. De hecho, considera que tanto Trapero como el que fuera director de la policía autonómica Pere Soler debieron ser condenados como coautores de un delito de sedición.

Así, en un extenso escrito de más de 460 páginas ha asegurado que, a su juicio, quedaba probado que Trapero se puso al servicio de la causa separatista, ya que de común acuerdo con el conseller Joaquim Forn y el director de la Policía, fue poniendo diversas trabas a las diferentes sentencias judiciales que impedían la votación, además de oponerse de forma "contumaz" a la coordinación con el Coronel Pérez de los Cobos.

 Además, la magistrada señala que el jefe de los Mossos presentó un plan para el teórico cumplimiento de la Instrucción de la Fiscalía que era deliberadamente "ineficaz" para el cumplimiento de lo ordenado y evitar el referéndum, "ideando formas de puentear las medidas acordadas y de restarles eficacia".

Asimismo, apunta que no introdujo modificaciones al diseño del plan, un binomio policial para cada colegio, al margen de la conflictividad previsible en los diversos centros, pese a que se le advirtió que tanto el Fiscal Superior de Cataluña como el Fiscal General del Estado no consideraban que el plan fuera idóneo, por ser propio de unas elecciones legales y no de una votación ilegal como la que se pretendía llevar a cabo, pautando, además, una actuación de mínimos por parte de los Mossos.

Además, indica que para asegurar que la actuación de los mossos no supusiera obstáculo real a la ocupación previa de los colegios y a la celebración del referéndum, Trapero estableció un rígido sistema de petición de apoyos por las patrullas y de transmisión de órdenes por parte de los mandos que evitara cualquier iniciativa o actuación directa de los agentes, de manera que, cuando pudiera adoptarse alguna medida, ésta resultara ineficaz.

Respecto al exdirector de la Policía Pere Soler, el voto particular explica que no solo no dio las instrucciones a las que venía obligado, en el ejercicio de su cargo, para el cumplimiento de la Ley y de las órdenes judiciales, sino que, contraviniendo las mismas, sostuvo el derecho a votar de los ciudadanos, que los Mossos debían garantizarlo, que organizar un referéndum no era delito y que debían prevalecer las órdenes gubernativas sobre las que pudieran dar los jueces y fiscales.

De esta manera, favoreció conscientemente que, bajo la apariencia de formal acatamiento de las órdenes judiciales recibidas, la actuación de mossos no comportara obstáculo alguno para la celebración del referéndum, poniéndose así al servicio de los intereses separatistas en lugar de defender la legalidad.