| 20 de Abril de 2024 Director Benjamín López

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse
José María Íñigo
José María Íñigo

La Justicia reconoce que José María Íñigo falleció por el amianto en TVE

La familia del mítico presentador ha ganado al ente público tras emprender acciones legales para que se demostrara que sufrió una enfermedad profesional que le provocó la muerte.

| Clara Ballesteros Medios

El pasado mes de enero la familia de José María Íñigo comenzó una batalla legal contra TVE por el fallecimiento del mítico presentador en mayo de 2018. Según los familiares del comunicador, la muerte de éste tuvo que ver con una intoxicación producida por amianto, un mineral nocivo para la salud, el cual se empleaba para la construcción, y que se encontraba en los estudios de la cadena pública en Prado del Rey.

Ahora, dos meses después, una sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Madrid declara que la pensión de viudedad reconocida a la que fuera mujer de José María Íñigo deriva de una enfermedad profesional consecuencia del amianto presente en el Estudio 1 de TVE. Fue en 2016 cuando al presentador le diagnosticaron un mesotelioma plural y, tras más de dos años enfermó, el 5 de mayo de 2018 falleció.

 

Tal y como apunta la sentencia, el juez considera que existen elementos sólidos para afirmar que la muerte de José María Íñigo fue consecuencia de la exposición al amianto, la cual hizo que posteriormente desarrollase la enfermedad que le causó la muerte. "Por ello, se ha de considerar que la contingencia del fallecimiento es enfermedad profesional", apunta el auto, que sitúa la exposición en los años 1975, 1976, 1978 a 1981 y 1982 a 1985.

"Se ha de destacar que en ese periodo el amianto estaba colocado sin ningún elemento que lo aislara de las personas que trabajaban en el estudio", expone. "La existencia de fibras de amianto friable quedó corroborada por el intenso y necesario trabajo de limpieza desarrollado sobre el sistema de climatización efectuada en el año 2017. Los actos propios de la empresa en los años posteriores evidencian la presencia de amianto no controlado en el medio laboral en el pasado", añade la sentencia.