CORRUPCIÓN EN LA MONCLOA
Begoña Gómez contiene la respiración: la Audiencia Provincial decide si va a juicio con jurado popular
Los cinco magistrados no deberán pronunciarse únicamente sobre el procedimiento de jurado. También analizarán el recurso presentado por la acusación popular contra el archivo del presunto delito de intrusismo profesional.
Pedro Sánchez y Begoña Gómez, sonrientes en el momento captado por las cámaras.
"Mi mujer y mi hermano son inocentes". Palabra de un hermano y marido -el mismo- que pernocta -no sabemos si consigue conciliar el sueño- en la residencia presidencial. En el Palacio de la Moncloa cuentan los minutos en esta tensa espera. Los centenares de asesores están en vilo. Pero no son los únicos. También los ministros. Y, cómo no, Pedro Sánchez y hasta la propia Begoña Gómez saben que este lunes 13 se puede confirmar el peor de los pronósticos en sus particulares intereses judiciales.
La causa judicial que afecta a Begoña Gómez entra en el arranque de esta semana en uno de sus momentos más decisivos desde que comenzara hace más de un año. La Audiencia Provincial de Madrid debe pronunciarse sobre la decisión del juez instructor, Juan Carlos Peinado, de enviar a juicio con jurado popular a la esposa del presidente del Gobierno, junto a su asesora Cristina Álvarez y al empresario Juan Carlos Barrabés.
Aunque la resolución no determinará todavía la culpabilidad o inocencia de los investigados, sí marcará el rumbo del procedimiento y servirá para medir, una vez más, el respaldo que el tribunal superior está dispuesto a conceder a la instrucción desarrollada por el juez Juan Carlos Peinado. En términos jurídicos, el pronunciamiento de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid constituye probablemente el examen más importante realizado hasta ahora sobre la solidez de la investigación.
Cinco magistrados, reunidos en sala reforzada, deliberan ya sobre tres cuestiones de especial trascendencia. La principal consiste en determinar si la resolución del magistrado, que acordó continuar el procedimiento mediante la Ley del Tribunal del Jurado, cumple los requisitos legales exigidos para que Begoña Gómez se siente frente a ciudadanos españoles que decidirán si es culpable, o no, de los graves delitos de los que se le acusa a la esposa de Pedro Sánchez.
Cuatro graves delitos contra Begoña Gómez
Aunque pueda parecer una discusión estrictamente técnica, la decisión posee una enorme trascendencia jurídica y política. Si la Audiencia confirma el criterio del juez instructor, consolidará definitivamente la vía hacia la apertura del juicio oral mediante jurado popular, reforzando la tesis de que existen indicios suficientes para que los hechos sean enjuiciados.
No se trata únicamente de validar una resolución concreta. La Audiencia también estará enviando un mensaje sobre el grado de consistencia jurídica que atribuye al conjunto de la instrucción desarrollada durante estos meses.
Cabe recordar que el juez Peinado adoptó una serie de medidas cautelares contra la mujer del líder socialista. Acordó también la retirada del pasaporte, prohibió su salida del territorio nacional y le recordó a la esposa del jefe del Ejecutivo su obligación de comparecer cada quince días en sede judicial. Todo ello, en virtud de evitar el riesgo de fuga a tenor de los graves delitos que se le imputan: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.
Tres recursos sobre la mesa de los magistrados
Los cinco magistrados no deberán pronunciarse únicamente sobre el procedimiento de jurado. También analizarán el recurso presentado por la acusación popular contra el archivo del presunto delito de intrusismo profesional, una investigación que el juez Peinado decidió cerrar al considerar que no existían elementos suficientes para mantener esa imputación.
Además estudiarán otra cuestión procesal relativa a la posible escisión de la acusación popular conjunta coordinada por Hazte Oír, aspecto que afecta a la organización de las distintas acusaciones dentro del procedimiento.
Aunque estos dos asuntos poseen menor impacto mediático, también pueden influir en la configuración definitiva del proceso.
"¿De quién depende la Fiscalía?"
Uno de los elementos que singularizan esta causa es la posición mantenida por el Ministerio Fiscal desde prácticamente el inicio de la investigación.
La Fiscalía ha sostenido de forma constante que los hechos investigados no constituyen delito y ha solicitado reiteradamente el archivo de las actuaciones.
Tras la decisión del juez de abrir el procedimiento para juicio, el Ministerio Público volvió a insistir en esa misma tesis, solicitando incluso la absolución de los tres procesados al entender que no existen pruebas suficientes para sustentar una condena.
Esta discrepancia entre el criterio del juez instructor y el de las acusaciones populares, frente a la tesis de la Fiscalía convierte la decisión de la Audiencia en un elemento todavía más relevante.
En el ala oeste del Palacio de la Moncloa cruzan los dedos, sabedores de que un juicio con jurado popular echa por tierra su manido argumentario del 'lawfare' y deja a Begoña Gómez en una situación sin precedentes para ella y para un presidente del Gobierno, como Pedro Sánchez. Tic, tac. Tic, tac.