Calama pone fecha a las hijas de Zapatero: declararán como investigadas el 30 de noviembre por el caso Plus Ultra
La citación llega mientras Calama mantiene abiertas nuevas diligencias sobre el patrimonio y el entorno del expresidente, incluida la pericial de las joyas intervenidas en su oficina.
Las hijas de Zapatero, Alba y Laura, junto a su padre.
El juez José Luis Calama Teixeira ha fijado ya la fecha para que las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero comparezcan como investigadas dentro de las diligencias abiertas por blanqueo de capitales. Será el próximo 30 de noviembre, aunque no acudirán a la misma hora.
La primera en declarar será Laura Rodríguez Espinosa, citada a las 9.00 horas. Tres horas después, a las 12.00, será el turno de Alba Rodríguez Espinosa. Las dos comparecencias tendrán lugar en la sala polivalente de la planta sexta de la sede judicial, según establece la providencia dictada este 21 de septiembre de 2026 por Calama.
El procedimiento en el que han sido citadas se tramita como Diligencias Previas 77/2024 y la propia resolución identifica como delito investigado el blanqueo de capitales. La providencia señala además que de la comparecencia de ambas investigadas quedará encargada su representación procesal conforme a lo establecido en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La decisión llega después de que el magistrado haya recibido un informe del Ministerio Fiscal, incorporado al procedimiento como acontecimiento EJE 2838. A partir de ese informe, Calama acuerda no sólo la declaración de las hijas de Zapatero, sino también la comparecencia como testigos de dos antiguos responsables relacionados con Plus Ultra.
El primero será José Ángel Partearroyo Martín, exdirector de Participadas de la SEPI, que tendrá que comparecer el 19 de noviembre de 2026 a las 9.00 horas. Ese mismo día, a las 12.00 horas, está citado Félix Martín, exdirector financiero de Plus Ultra. Ambos acudirán en calidad de testigos y el juez ordena expedir las correspondientes cédulas y despachos para hacer efectivas las comparecencias.
Contra esta providencia cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días ante el mismo órgano judicial.
A esta batería de declaraciones se suma otra resolución dictada también este 21 de septiembre, en este caso dentro de una pieza separada por un presunto delito de contrabando, igualmente dirigida por Calama. Esa pieza tiene su origen en las mismas Diligencias Previas 77/2024 y se centra en las joyas intervenidas en la oficina de José Luis Rodríguez Zapatero.
El auto recuerda que el pasado 3 de junio de 2026 el instructor ya había encargado a la Joyería Ansorena un “análisis preliminar” de las piezas incautadas durante el registro de la oficina del expresidente. Ese primer estudio llegó al órgano judicial el 11 de junio y quedó incorporado al procedimiento.
Sin embargo, Calama ha decidido dar un paso más y encargar ahora una pericial de mayor profundidad. En su resolución señala que el análisis resulta “pertinente, útil y necesario” para esclarecer los hechos investigados y determinar la posible relevancia penal de las joyas intervenidas.
Tras valorar distintas opciones, el magistrado se ha decantado por la Joyería Yanes, firma especializada en alta joyería. Sus gemólogos y tasadores serán los encargados de elaborar el nuevo informe, aunque podrán contar con apoyo técnico del Instituto Gemológico Español.
Yanes recibirá además los seis dictámenes gemológicos que el Instituto Gemológico Español realizó durante el pasado mes de junio. El juez deja expresamente abierta la posibilidad de que puedan solicitarse nuevos dictámenes si los especialistas consideran que son necesarios para completar el examen.
La orden de Calama detalla uno por uno los aspectos sobre los que deberá pronunciarse la nueva pericial. El primer objetivo será realizar una descripción individualizada y detallada de cada una de las piezas intervenidas. En el caso de las joyas de mayor valor, los especialistas deberán intentar identificar, siempre que sea técnicamente posible, el área geográfica en la que fueron fabricadas.
El juez reclama también que se identifiquen los metales preciosos utilizados en su elaboración y que se estudien todas las piedras preciosas o gemas incorporadas en las piezas. El informe deberá clasificarlas y determinar aspectos como su peso, pureza, talla, calidad y otras características técnicas relevantes.
Uno de los puntos más concretos de la resolución es la petición para que los expertos intenten establecer el posible origen geográfico de las gemas. La investigación no busca, por tanto, únicamente conocer cuánto valen las joyas, sino también obtener elementos técnicos que puedan ayudar a reconstruir su procedencia.
Los peritos deberán examinar igualmente si las piezas contienen marcas de fabricante, contrastes oficiales, numeraciones, grabados o cualquier otro elemento identificativo que pueda aportar información sobre su origen o fabricación.
Calama pide además determinar, cuando sea posible, la antigüedad aproximada de las piezas y autoriza a los especialistas a incorporar al informe cualquier otra circunstancia técnica que pueda resultar relevante para la investigación judicial.
La tasación económica ocupa otro apartado específico. Yanes deberá establecer el valor de reposición actual de cada joya de manera individualizada y, después, calcular el valor conjunto de todo el lote intervenido.
Para llevar a cabo estos trabajos, el juez ordena que los peritos tengan acceso directo a las piezas y también a toda la documentación existente en las actuaciones que resulte necesaria para desarrollar correctamente el encargo.
La resolución incluye además una orden expresa a la Policía Judicial para que garantice en todo momento la cadena de custodia de las joyas durante el proceso pericial.
Calama también da traslado a la representación procesal de José Luis Rodríguez Zapatero para que, en un plazo de tres días, pueda entregar al órgano judicial toda la documentación que tenga en su poder relacionada con las joyas objeto de esta resolución.
El auto permite presentar contra esta decisión recurso de reforma en el plazo de tres días y recurso de apelación en cinco días. La apelación puede plantearse de manera subsidiaria al recurso de reforma o directamente por separado, sin necesidad de haber presentado previamente el primero.