El TSJM deja en pie la acampada de Sol y obliga a la Delegación del Gobierno a explicar por qué no actúa

El tribunal reconoce la "especial urgencia" del caso, pero rechaza el desalojo inmediato y da a la Abogacía del Estado hasta el miércoles para justificar la actuación de la Delegación del Gobierno.

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado ordenar de forma inmediata el desalojo de la acampada instalada desde el pasado 27 de septiembre en la Puerta del Sol, aunque deja abierta la posibilidad de adoptar medidas más adelante y exige escuchar antes a la Delegación del Gobierno. La Comunidad de Madrid había solicitado una medida cautelarísima para que el delegado del Gobierno adoptase las actuaciones necesarias para disolver la concentración situada frente a la Real Casa de Correos, al considerar que no se cumplen los requisitos previstos en la normativa reguladora del derecho de reunión. La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce en su resolución que concurren circunstancias de "especial urgencia", pero entiende que una decisión de este alcance no puede adoptarse sin conocer previamente la posición de la Administración General del Estado, por lo que el asunto continuará ahora por la vía ordinaria de medidas cautelares.

La Abogacía del Estado tendrá hasta este miércoles a las 9.00 horas para presentar sus alegaciones y explicar las razones por las que la Delegación del Gobierno no ha actuado hasta ahora en los términos reclamados por el Ejecutivo madrileño. 

El tribunal quiere determinar, entre otras cuestiones, si puede apreciarse una eventual inactividad administrativa antes de resolver sobre el fondo de la petición. En el auto, los magistrados también tienen en cuenta el derecho de reunión de quienes permanecen acampados y recuerdan que la disolución de una concentración debe utilizarse como "último recurso" y siempre bajo criterios de proporcionalidad. La resolución advierte además de que una orden de desalojo podría acabar obligando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a emplear medidas de compulsión física en caso de resistencia, una circunstancia que, a juicio de la Sala, obliga a extremar las garantías antes de adoptar una decisión. 

La Comunidad de Madrid había alegado que la permanencia de la acampada está afectando al funcionamiento normal de la Administración autonómica, así como a la actividad comercial y turística de una de las zonas más transitadas de la capital, y también había advertido de las posibles consecuencias sobre los actos previstos con motivo del 12 de octubre. Entre los argumentos trasladados al tribunal figuran además daños en la fachada de la Real Casa de Correos y en la estatua del Oso y el Madroño, junto a problemas de higiene, salubridad y accesos sanitarios. La decisión conocida este lunes no supone que el TSJM descarte definitivamente un desalojo, sino que rechaza acordarlo por la vía de máxima urgencia sin escuchar antes al Estado. El procedimiento seguirá ahora abierto y el tribunal deberá volver a pronunciarse una vez reciba las alegaciones de la Abogacía del Estado. Contra este auto no cabe recurso.

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