"Tirón de orejas" de la Abogacía al Gobierno: le exige solucionar antes de las elecciones el futuro de 150.000 mutualistas

La institución subraya que el Ejecutivo puede aprobar este desarrollo reglamentario aunque las Cortes estén disueltas y reclama que lo haga antes del 29 de noviembre

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma SaizEuropa Press

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La convocatoria de elecciones generales no da por concluido todo el trabajo pendiente del Ejecutivo. La Abogacía Española ha reclamado al Gobierno que complete antes del próximo 29 de noviembre el reglamento que debe permitir a miles de profesionales trasladar al sistema público de autónomos los derechos económicos acumulados durante años en mutualidades profesionales.

La petición llega después del adelanto electoral y con una fecha marcada previamente en el calendario. La Ley 2/2026, aprobada el pasado mes de julio, estableció que las condiciones concretas de este mecanismo deberían desarrollarse reglamentariamente en un plazo máximo de tres meses. Ese periodo conduce hasta finales de octubre, antes por tanto de la celebración de las elecciones.

La Abogacía pone además el acento en una cuestión política y administrativa relevante: la disolución de las Cortes no impide al Ejecutivo culminar este trabajo. No hace falta volver a someter el asunto al Congreso o al Senado porque la ley ya está aprobada. Lo que resta es un desarrollo reglamentario que corresponde al Gobierno.

De ahí que la institución considere que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por Elma Saiz, todavía tiene margen para cerrar el procedimiento antes de que los españoles acudan a las urnas.

De las mutualidades al sistema público

El asunto afecta a profesionales que durante años cotizaron a mutualidades alternativas en lugar de hacerlo al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el conocido RETA.

La reforma aprobada este verano creó una vía para que determinados mutualistas puedan solicitar voluntariamente el traslado de los derechos económicos que hayan acumulado a lo largo de su carrera profesional y convertirlos en periodos cotizados dentro del sistema público.

La ley establece que podrán acogerse quienes hayan estado incluidos en una o varias mutualidades alternativas y cumplan los requisitos previstos. También determina que el cambio supondrá la incorporación obligatoria e irreversible al RETA para la actividad profesional que origine la transferencia.

Sin embargo, la norma dejó para un reglamento posterior una parte fundamental del mecanismo.

Es ese texto pendiente el que deberá establecer las condiciones concretas para solicitar el traslado, determinar cómo se valorarán los fondos acumulados y fijar la fórmula mediante la que ese dinero se convertirá en periodos de cotización reconocidos por la Seguridad Social.

La propia ley establece algunos criterios que deberá respetar ese cálculo, pero la letra pequeña necesaria para que los afectados puedan tomar una decisión todavía debe concretarse reglamentariamente.

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Para los profesionales próximos a la jubilación, esa falta de concreción no es una cuestión menor. Sin conocer las condiciones definitivas resulta difícil determinar qué consecuencias tendría abandonar la mutualidad, incorporarse al RETA y trasladar los derechos acumulados durante años. La decisión, además, puede ser definitiva.