Sánchez lanza un bulo para el voto por correo: la ley otorga hasta 4 horas retribuidas para votar presencialmente

Las sospechas sobre el voto por correo aumentan cuando el presidente del Gobierno y el PSOE demuestran un interés desmedido en que se ejerza el voto por ese sistema y lo argumentan con mentiras.

El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro SánchezDiego Radames

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Félix Hernández

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Pedro Sánchez y el PSOE han salido al paso de las críticas al voto por correo con una afirmación que no se sostiene. En una entrevista concedida a eldiario.es, el presidente del Gobierno defendió este sistema argumentando que el cuestionamiento del voto por correspondencia “no es sólo por el miedo a perder”, sino que es “un intento claro de recortar el derecho al voto de millones de trabajadores, de autónomos y pequeños empresarios que no tienen otra forma de ejercerlo porque están trabajando esas horas”. La afirmación, difundida también por la cuenta oficial del partido, pretende presentar el voto por correo como la única vía real de participación para una parte importante de la población activa. Es falso.

La legislación laboral y electoral española contempla expresamente el derecho de los trabajadores a ausentarse de su puesto para ejercer el sufragio activo, y lo hace con carácter retribuido. El artículo 37.3.d) del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador, previo aviso y justificación, “podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración”, “por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo”. Cuando una norma concreta fija un periodo determinado, se aplica lo que esa norma disponga sobre duración y compensación.

Esa concreción llega en el artículo 13.1 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. La norma obliga a las administraciones a adoptar las medidas necesarias para que los electores que presten servicios el día de las elecciones “puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas”. En la práctica, las resoluciones y criterios habituales de las autoridades laborales gradúan el permiso en función de la coincidencia entre la jornada del trabajador y el horario de apertura de los colegios (de 9:00 a 20:00 horas): menos de dos horas de solapamiento no genera derecho; entre dos y menos de cuatro horas se reconocen dos horas; entre cuatro y menos de seis, tres horas; y seis o más, el máximo de cuatro horas. El permiso no se descuenta del salario ni se recupera posteriormente. La empresa puede organizar el momento concreto en función de las necesidades del servicio, pero no puede denegarlo ni exigir justificación más allá de la acreditación razonable del ejercicio del voto.

El mismo Real Decreto prevé, en su apartado 2, un permiso de hasta cuatro horas para quienes, por trabajar lejos de su domicilio o en condiciones que dificulten el voto presencial, necesiten realizar personalmente los trámites de solicitud de certificación censal y remisión del voto por correo. Es decir, incluso para gestionar el voto por correspondencia existe un permiso retribuido específico. No hay, por tanto, un vacío legal que deje a “millones de trabajadores” sin posibilidad de votar si no es por correo.

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La insistencia del presidente y del PSOE en presentar el voto por correo como la única alternativa real para quienes trabajan el día de las elecciones choca con este marco normativo. Cuando el argumento principal para estimular ese sistema se construye sobre una premisa incorrecta —que los trabajadores no disponen de tiempo retribuido para acudir a las urnas—, la defensa del mecanismo resulta menos convincente. El interés desmedido por que se vote por correo, combinado con una justificación que no se ajusta a la ley, alimenta las sospechas que ya circulan sobre las garantías y el control de un procedimiento que se desarrolla fuera de la mesa electoral y del escrutinio público inmediato. La ley no solo protege el derecho al voto; lo protege de forma retribuida y con un margen horario amplio.