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La ministra de Justicia Pilar Llop recibiendo la cartera de su antecesor Campo.
La ministra de Justicia Pilar Llop recibiendo la cartera de su antecesor Campo.

Nervios en Moncloa: El TC se inclina por tumbar el segundo estado de alarma

Los magistrados avanzan sobre los trabajos de la ponencia de Antonio Narváez. Y cobran fuerza los argumentos que declararon fuera de la ley el primer decreto de Sánchez.

| María Jamardo Tribunales


Lejos de zanjar un polémico debate jurídico sobre la suspensión de los derechos fundamentales y las libertades de los españoles, durante la pandemia del coronavirus, la sentencia del Constitucional que ha declarado nulo el primer estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez, el 14 de marzo de 2020, es el prólogo de una serie de decisiones judiciales que fijarán, a futuro, el marco de aplicación del mecanismo excepcional.


El Tribunal de Garantías abordará un nuevo capítulo de la saga en septiembre, de la mano del magistrado Antonio Narváez, encargado de la ponencia, quien según fuentes del TC consultadas por ESdiario se inclina por presentar una tesis contraria a la larga duración del segundo estado de alarma -también recurrido por Vox- sin controles parlamentarios.

Expertos juristas consultados por ESdiario apuntan a que el atajo empleado fue contrario al sentido constitucional previsto para una medida tan restrictiva de derechos y libertades fundamentales.

La medida reeditada por el Gobierno del 25 de octubre de 2020 al 9 de mayo de 2021, habilitó a las comunidades autónomas para declarar toques de queda, cierres perimetrales o restricciones de aforo en locales y reuniones en domicilios particulares.

El magistrado Narvaéz, y todo apunta por el momento a que la mayoría del Pleno del TC, apostará en su borrador de resolución por revocar, también, el segundo decreto gubernamental, apoyado en dos ejes clave: la inconstitucionalidad de esquivar el control parlamentario, aunque no exista una prohibición expresa, de una medida tan grave, sin refrescar periódicamente el aval parlamentario; y, la posible ilegalidad de la denominada cogobernanza en base a la que el Ejecutivo central desvió las restricciones de derechos y libertades de los ciudadanos a los entes autonómicos.

 

El magistrado del Constitucional, Antonio Narváez, ponente de la causa sobre el segundo estado de alarma.


No en vano, a diferencia de lo ocurrido en el primer confinamiento, el Ejecutivo evitó rendir cuentas ante el Congreso de los Diputados cada quince días, como marca la ley, para o prorrogar el paraguas jurídico del estado de alarma, tras obtener el respaldo de los diputados del PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos, Más País, Compromís, PNV, BNG, Coalición Canaria, Nueva Canarias, el Partido Regionalista de Cantabria, Teruel Existe y los cuatro diputados del partido de Puigdemont. Un total de 194 escaños que, el 29 de octubre dieron luz verde a Sánchez.

 

Sin embargo, expertos juristas consultados por ESdiario apuntan a que el atajo empleado fue contrario al sentido constitucional previsto para una medida tan restrictiva de derechos y libertades fundamentales. Y es que el artículo 6.2 de la norma recoge que “la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Solo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga”.

Una posición que de confirmarse no hará más que incrementar el malestar del Gobierno con la reciente decisión del Tribunal de Garantías que, la semana pasada, revocó el primer estado de alarma declarado por el Gobierno. Las cábalas del Ejecutivo de Pedro Sánchez pasaban porque la ponencia inicial avalase el decreto ministerial que, el 14 de marzo de 2020, encerró durante cuatro meses a todos los españoles.

Sin embargo, la precipitada salida del magistrado Andrés Valdés, encargado de la misma y designado por el turno del Parlamento, desbarató el escenario ideal del Gobierno al mermar la minoría progresista del Tribunal de Garantías.

Valdés dimitió tras la decisión de su compañero Andrés Martínez Arrieta, instructor de la Sala Segunda del Supremo, de procesarle por un presunto delito de malos tratos en el ámbito familiar. Un contratiempo al que el Ejecutivo ha achacado, extraoficialmente, el varapalo recibido por un fallo que los de Sánchez calcularon como seguro a su favor.

Saltan todas las alarmas

La propuesta de sentencia del magistrado Pedro González Trevijano hizo saltar todas las alarmas al trascender que la tesis del sustituto de Valdés, nuevo encargado de la ponencia, consideraba que el decreto de estado de alarma en España suspendió los derechos de residencia, reunión y libre circulación de los ciudadanos. Una posición que -a salvo de la votación definitiva, postpuesta en un primer intento- todo apuntaba que sería la que obtendría el respaldo mayoritario de los miembros del Pleno del Constitucional.

Tras una primera y tensa deliberación, el resultado provisional del debate se inclinó, por 6 votos a 5, a favor de anular el decreto del Gobierno y, con él, todas las consecuencias administrativas derivadas del mismo, como las sanciones y multas impuestas. Ni las presiones denunciadas por parte de los miembros del Pleno han servido, ni el voto de calidad de su presidente Juan José González Rivas ha sido determinante para convalidar el estado de alarma, como el Gobierno estimó en un principio.

 

El presidente del TC, González Rivas, presidendo el Pleno del tribunal.


La propia vicepresidenta del tribunal, la magistrada Encarnación Roca, confesó durante el segundo Pleno celebrado para alcanzar un acuerdo sobre la solución al recurso de Vox, haber recibido recomendaciones para que se posicionara con el resto de magistrados que apostaron por avalar la constitucionalidad del estado de alarma y que emitieron sus correspondientes votos particulares en este sentido.

Moncloa no ha podido ocultar su malestar con la decisión del TC sobre la ilegalidad de la fórmula utilizada para confinar a todos los españoles durante la primera ola de la pandemia del coronavirus y combatir la crisis sanitaria.

De Campo a Llop

Una recién designada ministra de Justicia, Pilar Llop, fue la encargada de convocar a los medios de comunicación a una rueda de prensa sin preguntas en la que aseguró “respetar el criterio” del Constitucional pero donde añadió que la actuación del Gobierno -del que forma parte tras la reciente remodelación efectuada por Sánchez- “fue conforme a los parámetros constitucionales, tal y como han respaldado cinco magistrados” del tribunal.

El Ejecutivo, según anunció la propia Llop, está estudiando la sentencia del Constitucional por ser “una decisión sin precedentes” que, todo apunta que podría quedar reforzada, de nuevo por el TC, una vez inaugurado el curso judicial, el próximo mes de septiembre.